Autoconsumo colectivo: ¿qué tipos existen y cuáles son los requisitos?

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El autoconsumo compartido o colectivo es una realidad en España tras la aprobación del gobierno en el Real Decreto 244/2019. Gracias a ello, es posible compartir instalaciones de placas solares con otros autoconsumidores. A continuación te contamos qué requisitos debes cumplir, cómo funciona y qué modalidades existen.

Hay diversos modelos de autoconsumo colectivo. Esto dependerá de si se trata de un edificio habitado o está en proceso de construcción, así como de la superficie disponible para llevar a cabo la instalación de placas solares, del coste que estamos dispuestos a pagar y del acuerdo que haya entre los diferentes consumidores.

¿Qué requisitos se deben cumplir para compartir energía con otros consumidores?

Para poder generar y compartir tu propia energía con otros usuarios gracias a los paneles solares, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Los autoconsumidores deben estar conectados al mismo centro de transformación y la distribución de energía debe ser en Baja Tensión.
  • Debe haber una distancia máxima de 500 metros entre la planta fotovoltaica y cada uno de los autoconsumidores.
  • La producción del sistema fotovoltaico y los autoconsumidores deben estar registrados en la misma referencia catastral (teniendo en cuenta los 14 primeros dígitos).

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Los consumidores que compartan una instalación de autoconsumo fotovoltaico deben comunicar y entregar a la empresa distribuidora (individualmente o a través de la comercializadora) un contrato de acuerdo de reparto que esté firmado por todos los participantes de la instalación y que recoja las condiciones del mismo.

Modalidades de conexión para autoconsumo colectivo

Asimismo, debemos conocer que existen dos modalidades de conexión:

A través de conexión a red eléctrica: esta modalidad se conectará a la red de distribución de Baja Tensión y se colocará un contador bidireccional que tendrá la función de contabilizar la producción y consumo de energía solar fotovoltaica.

A través de conexión directa a la red interior: en este caso, el sistema se conecta a la red interior de los autoconsumidores asociados. Por ejemplo, una instalación en un edificio de viviendas conectada a la red en algún punto previo al contador es de red interior.

La derogación del impuesto al sol en el RD 15/2018 marcó un antes y un después en el desarrollo de los paneles solares en España.

¿Qué modalidades de autoconsumo compartido existen?

Aquellos que hagan uso de una instalación de autoconsumo compartido pueden pertenecer a cualquiera de las modalidades que se especifican en el Real Decreto 244/2019. Estas son:

 Autoconsumo colectivo sin excedentes: un número de participantes se asocian para realizar una instalación de autoconsumo e incorporando un sistema antivertido que evite inyectar la energía sobrante a la red eléctrica.

 Autoconsumo colectivo con excedentes no acogido a compensación: en esta modalidad, los excedentes energéticos se venden al mercado eléctrico. La titularidad de la instalación pertenece al productor, que será el que formalice la venta de los excedentes energéticos.

El productor asociado es el que se encuentre inscrito como tal en el Registro Administrativo de Instalaciones de Energía Eléctrica (RAIPRE).

 Autoconsumo colectivo con excedentes acogidos a compensación: en este caso, los consumidores pueden recibir una compensación económica por los excedentes energéticos que inyecten a la red eléctrica. La comercializadora con la que cada usuario tenga contratado el suministro es la encargada de compensar el coste de la energía sobrante al final de cada periodo de facturación.

Asimismo, y dentro del autoconsumo colectivo con excedentes a cogido a compensación, existe el autoconsumo remoto. Que funciona de la misma forma, con la particularidad de que las placas solares se encuentra a varios kilómetros del inmueble.

¿Cómo funciona una instalación de autoconsumo colectivo?

El funcionamiento de una instalación de autoconsumo compartido consta de los siguientes pasos:

1. En primer lugar, tal y como hemos mencionado, para compartir energía los participantes deben firmar un acuerdo para el reparto de la energía y cumplir los tres requisitos para poder llevar a cabo la instalación. Asimismo, todos los consumidores deben pertenecer a la misma modalidad de autoconsumo (sin excedentes, acogida a compensación o no acogida).

Si se incorpora un nuevo participante a la instalación de autoconsumo, o por el contrario, uno de los usuarios participantes abandona el autoconsumo compartido, se debe comunicar y entregar un nuevo acuerdo de reparto.

2. Una vez finalizados los trámites administrativos, se llevará a cabo la instalación de las placas solares y el resto de componentes fotovoltaicos en el tejado o la cubierta que hayáis elegido tú y el resto de participantes asociados.

3. A partir de ese momento, la instalación repartirá energía a la comunidad solar en función del acuerdo que hayáis establecido en el contrato.

4. Además, todos los vecinos y/o participantes tendrán acceso a sus contadores bidireccionales para medir la energía producida y saber cuánta compensación económica les corresponde si están acogidos a la modalidad de autoconsumo simplificado.

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¿Es rentable compartir una instalación fotovoltaica con más vecinos?

Sí, el autoconsumo compartido tiene múltiples beneficios para los participantes (ya sean vecinos o consumidores asociados). Entre ellos, destacamos:

 Menor inversión en autoconsumo

Una instalación de placas solares siempre será más económica si el coste se reparte entre varios usuarios . Además, si se requiere mayor demanda energética es posible instalar más placas solares sin duplicar otros componentes fotovoltaicos de la instalación, como por ejemplo, el inversor solar.

 Rápida amortización

Las instalaciones de autoconsumo compartido requieren una menor inversión inicial por parte de los usuarios, por lo que el desembolso inicial se amortizará en un periodo menor de tiempo.

 Más facilidades para la puesta en marcha de la instalación

El principal requisito cuando se va a llevar a cabo una instalación de placas solares es contar con suficiente superficie disponible para llevar a cabo el proyecto fotovoltaico. Esta suele ser la primera limitación cuando decidimos pasarnos al autoconsumo fotovoltaico.

 Energía limpia

Además del ahorro económico del autoconsumo, estarás contribuyendo a disminuir la huella de carbono y luchar contra la emergencia climática junto con el resto de autoconsumidores.

Además, si optamos por autoconsumo colectivo con más usuarios, existirá la posibilidad de llevar a cabo las instalaciones en espacios comunes o que no estén en nuestro terreno. Por ejemplo, no existiría ningún inconveniente si dos comunidades de propietarios optan por el autoconsumo colectivo y únicamente una cuenta con espacio disponible para llevarlo a cabo.

Consulta las subvenciones y ayudas para instalaciones de placas solares en tu Comunidad Autónoma para amortizar antes tu inversión fotovoltaica.

¿A quién va dirigido el autoconsumo compartido? Tipos de instalaciones

El autoconsumo colectivo es una opción viable para muchos tipos de instalaciones: comunidades de propietarios, empresas que se encuentren en un mismo edificio de oficinas, polígonos industriales, zonas residenciales, etc. A continuación, vamos a ver tres ejemplos prácticos de autoconsumo colectivo:

 Autoconsumo colectivo en comunidad de propietarios

Este tipo de autoconsumo compartido es el más común. Existen dos posibilidades:

Más de ⅔ de la comunidad de propietarios quieren instalar paneles fotovoltaicos: si varios propietarios quieren llevar a cabo la instalación de autoconsumo colectivo, tendrán que firmar un “acuerdo de reparto” y establecer en el mismo cómo se va a repartir la producción fotovoltaica en función de un coeficiente que se debe comunicar a la distribuidora.

¿Qué es el coeficiente del reparto de la producción fotovoltaica?

El coeficiente de reparto de la producción fotovoltaica es el mecanismo que emplean los usuarios para distribuir la energía generada en su instalación de autoconsumo colectivo. El Real Decreto 244/2019 establece que se puede realizar de diversas maneras la repartición, siempre que estén de acuerdo los autoconsumidores.

Por ejemplo, si hubiese cuatro propietarios en la vivienda: el primero puede recibir un 20% de la producción, el segundo un 30% y los dos restantes un 25% cada uno. Por tanto, si la planta produjese 10 kW, el primero recibirá 2 kW, el segundo 3 kW y los dos restantes 2,5 kW cada uno.

Autoconsumo colectivo en las zonas comunes de una comunidad de propietarios: también es posible llevarlo a cabo, siempre que haya ⅔ partes que estén de acuerdo y se especifiquen las condiciones en el contrato.

Si un solo propietario quisiese instalar placas solares en la comunidad, tendría que convencer al menos ⅔ para que el resto le permita utilizar la superficie del edificio.

 Autoconsumo compartido en polígonos industriales

Otro caso posible de autoconsumo compartido es si dos o más grandes empresas en un polígono deciden compartir una instalación fotovoltaica industrial. ¿Cómo pueden hacerlo? Por ejemplo, una industria instala paneles solares y se pone de acuerdo con otras dos cercanas para compartir el sistema fotovoltaico. Existen dos opciones:

• A través de un cable de conexión directa con la instalación (siempre que lo permita la normativa) para que puedan comenzar a compartir su energía.
• A través de conexión con la red eléctrica en función de un coeficiente de reparto.

El autoconsumo compartido en polígonos industriales es una excelente opción en términos de rentabilidad de las placas solares, ya que las horas de máxima producción de energía es cuando más horas de sol hay. Además, si la demanda energética aumentase y el complejo en el que se ha realizado la instalación no tuviese más espacio, se podría realizar en otro edificio de las industrias participantes (siempre que haya una distancia máxima de 500 metros).

 Zonas residenciales

Al igual que en los otros dos casos, las zonas residenciales en las que haya varias viviendas unifamiliares pueden hacer uso del autoconsumo colectivo siempre que cumplan con los tres requisitos necesarios.

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