3 ayudas para placas solares que debes conocer
Las ayudas para placas solares que hay actualmente activas son 3: las ayudas Next Generation de paneles solares, las bonificaciones de placas solares autonómicas y las deducciones en IRPF (RENTA) por eficiencia energética. Te contamos en qué consiste cada una de ellas.
Subvenciones
antes de instalar
Las ayudas Next Generation reducen hasta el 50% el coste por instalar paneles solares, baterías o aerotermia
Bonificaciones
después de instalar
Del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
Deducciones
después de instalar
Hata el 60% en el Impuesto sobre la Renta (IRPF) para los particulares o en el Impuesto de Sociedades (IS)
Ayudas para la instalación de placas solares
Las ayudas para la instalación de placas solares pueden disminuir al rededor de un 50 % el coste de poner paneles solares, porque el Estado asume parte de la inversión necesaria. Con esta subvención para la energía solar, poner 12 paneles solares pasaría de costar unos 7.500 €, a sólo 5.000 €.
Las ayudas del Gobierno para instalar placas solares son las que recoge el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y están financiadas con los fondos europeos Next Generation. Con ellas, se pueden subvencionar todos aquellos proyectos que tengan como fin el autoconsumo o la eficiencia energética.
Esto incluye, por supuesto, ayudas para la instalación de placas solares, pero también la instalación de baterías solares o de sistemas de aerotermia, entre otros proyectos.
Aunque estas subvenciones están en activo desde 2021, el proceso de concesión de las ayudas para paneles solares ha sido lento. A principios de 2023 se empezaron a repartir las ayudas para quiénes lo solicitaron en 2022. No obstante, todavía hay posibilidades, pues no se ha comunicado el fin de fondos en ninguna Comunidad Autónoma.

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Ayudas Next Generation de placas solares: 6 programas y 2 tipos de beneficiarios
Las ayudas Next Generation de placas solares están divididas en 6 programas de incentivos y pueden ser solicitadas por 2 tipos de beneficiarios:
Programa | Beneficiarios | Tipo de instalación | Subvención | Fecha límite |
---|---|---|---|---|
Nº 1 | Empresas del sector servicio | Instalación de placas solares | Hasta 45% | 31/12/2023* |
Nº 2 | Empresas de otros sectores | Instalación de placas solares | Hasta 45% | 31/12/2023* |
Nº 3 | Empresas con instalación | Instalación de baterías solares | Hasta 65% | 31/12/2023* |
Nº 4 | Particulares | Instalación de placas solares | Hasta 1.110 €/kWp | 31/12/2023* |
Nº 5 | Particulares con instalación | Instalación de baterías solares | Hasta 490 €/kWp | 31/12/2023* |
Nº 6 | Particulares | Placas térmicas/aerotermia | Hasta 490 €/kWp | 31/12/2023* |
Con esta diversidad de programas de incentivos dentro de la convocatoria de ayudas, el Gobierno pretende cubrir todos los aspectos de necesidad dentro del autoconsumo. Desde poner paneles solares, hasta mejorar una instalación fotovoltaica ya existente con la conexión de baterías solares, pasando por optimizar los sistemas de calefacción con una aerotermia.
Empresas y autónomos
En primer lugar, dentro de las ayudas europeas para placas solares, están los programas de incentivos 1, 2 y 3. Que son las subvenciones que deben solicitar las empresas interesadas en las placas solares, baterías solares o aerotermia.
Programa 1
Instalación de placas solares
- Subvención: 15% - 45%
- Estado: Activa h. 31/12/2023
- Beneficiarios: Empresas del sector servicios
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Programa 2
Instalación de placas solares
- Subvención: 15% - 45%
- Estado: Activa h. 31/12/2023
- Beneficiarios: Empresas de otros sectores
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Programa 3
Baterías de almacenamiento
- Subvención: 45% – 65%
- Estado: Activa h. 31/12/2023
- Beneficiarios: Todas las empresas
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¿Cómo calcular las subvenciones de paneles solares para empresas?
Las subvenciones para empresas y autónomos se calculan multiplicando los costes de subvención por un porcentaje (%) de subvención fijado por el Gobierno, según la potencia de instalación y del tamaño de la empresa. Por tanto, el cálculo simplificado sería:
Coste subvencionable (€/kWp) x Potencia (kWp) x Porcentaje de ayuda (%) = Subvención a empresas
Coste subvencionable (€/kWp)
x
Potencia (kWp)
x
Porcentaje de ayuda (%)
=
Subvención a empresas
¿Qué coste subvencionable me corresponde como negocio? (€/kWp)
El coste subvencionable (c.s) que te corresponde dependerá del rango de potencia de tu instalación y del programa que solicites, porque podrá ser la suma de uno o varios costes: el de generación, el de almacenamiento o los adicionales.
Coste subvencionable (€/kWp) = c.s.generación (€/kW) + c.s.almacenamiento (€/kW) + c.s.adicional (€/kWp)
Coste subvencionable (€/kWp)
=
c.s.generación (€/kW)
+
c.s.almacenamiento (€/kW)
+
c.s.adicional (€/kWp)
Si eliges los programas 1 o 2 puedes incluir el coste de generación (tabla 1), por la instalación de los paneles solares; el coste de almacenamiento (tabla 2), si añades baterías; y los costes adicionales (tabla 3), si eliminas algún techo de amianto o instalas marquesinas. En cambio, si eliges el programa 3, solo puedes incluir el coste de almacenamiento y el coste adicional, ya que no se instalará ningún panel.
- C.S del Programa 1 y 2 = c.s.generación + c.s.almacenamiento + c.s.adicional
- C.S del Programa 3 = c.s.almacenamiento + c.s.adicional
Rango de potencia instalada | Coste de generación | Coste de referencia* |
---|---|---|
Menos de 10 kWp | 1.188 €/kW | 0 €/kW |
10 kWp - 100 kWp | 910 €/kW | 0 €/kW |
100 kWp - 1.000 kWp | 749 €/kW | 0 €/kW |
1.000 kWp - 5.000 kWp | 460 €/kW | 120 €/kW |
Tabla 1. Leyenda: *Coste de referencia se resta en el caso de tener un rango de 1.000 a 5.000 kWp, quedando *c.s.generación (€/kW) = coste de generación - coste de referencia | €/kW = euro por kilovatio es el precio por cada kW de potencia instalado
Rango de capacidad de potencia | Coste de almacenamiento |
---|---|
Menos de 10 kW | 700 €/kWh |
10 kW - 100 kW | 500 €/kWh |
100 kW - 5.000 kW | 350 €/kWh |
Más de 5.000 kW | 200 €/kWh |
Tabla 2. Leyenda: €/kWh = euro por kilovatio hora es el precio por cada kWh gastado
Subvenciones adicionales | Rango de potencia | Coste adicional |
---|---|---|
Eliminación de amianto | Menos de 100 kWp | 600 €/kWp |
100 kWp - 1.000 kWp | 450 €/kWp | |
1.000 kWp - 5.000 kWp | 210 €/kWp | |
Todas | 500 €/kWp | |
Eliminación de amianto | Menos de 100 kWp | 600 €/kWp |
Tabla 3. Leyenda: €/kW = euro por kilovatio es el precio por cada kW de potencia instalado.
¿Cuál es la potencia de instalación que deberán?(kWp)
La potencia de instalación te lo dirá el técnico una vez haya analizado las necesidades energéticas de tu actividad económica. Es un dato que saldrá reflejado en el presupuesto final de placas solares. No obstante, estas son las potencias para proyectos de autoconsumo más comunes según el tamaño de la empresa:
- Empresas pequeñas: 50 kW de potencia media
- Empresas medianas: 500 kW de potencia media
- Empresas grandes: 1.000 kW de potencia media
¿Qué porcentaje de ayudas me corresponde? (%)
Para saber el porcentaje de ayuda que te corresponde, deberás ubicarte en la tabla del programa a subvencionar, según el tamaño de tu empresa y la potencia de tu instalación:
- Empresa pequeña: Menos de 50 empleados
- Empresa mediana: Menos de 250 empleados
- Gran empresa: Más de 250 empleados
Rango de potencia instalada | % Ayuda a empresa pequeña | % Ayuda a empresa mediana | % Ayuda a gran empresa |
---|---|---|---|
Menos de 10 kWp | 45% | 25% | 15% |
10 kWp - 100 kWp | 35% | ||
100 kWp - 1.000 kWp | |||
1.000 kWp - 5.000 kWp |
Leyenda: kWp = kilovatio pico es la capacidad de generar energía en su punto de máximo rendimiento.
Rango de capacidad de potencia | % Ayuda a empresa pequeña | % Ayuda a empresa mediana | % Ayuda a gran empresa |
---|---|---|---|
Menos de 10 kW | 65% | 55% | 45% |
10 kW - 100 kW | |||
100 kW - 5.000 kW | |||
Más de 5.000 kW |
Leyenda: kWp = kilovatio pico es la capacidad de generar energía en su punto de máximo rendimiento.
¿Hay alguna ayuda adicional para las empresas?
Si, las empresas cuentan con ayudas adicionales para la eliminación de cubiertas con amianto y la instalación de marquesinas, cuya estructura tengan como mínimo 2,5 m de altura. Estas ayudas adicionales forman parte del coste subvencionable (C.S), el primer valor de la fórmula explicada anteriormente.
Viviendas y edificios
En segundo lugar, están los programas de incentivos 4, 5 y 6. Cuyos solicitantes y beneficiarios serán los particulares. Es decir, todas las viviendas, chalets o comunidades de vecinos que quieran pasarse al autoconsumo.
Programa 4
Instalación de placas solares
- Subvención: 300 - 1.110 €/kWp
- Estado: Activa h. 31/12/2023
- Beneficiarios: Particulares
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Programa 5
Baterías de almacenamiento
- Subvención: 140 - 490 €/kWp
- Estado: Activa h. 31/12/2023
- Beneficiarios: Particulares
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Programa 6
Instalación de placas térmicas
- Subvención: 450 - 950 €/kWp
- Estado: Activa h. 31/12/20233
- Beneficiarios: Particulares
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¿Cómo calcular las subvenciones de placas solares? (programa 4, 5 y 6)
Las subvenciones para placas solares se calculan multiplicando la potencia de la instalación (kW), un valor que depende de las características de la instalación, por el valor de la potencia (€/kW), que es el precio fijo que te subvencionan por cada kW de potencia de tu instalación.
Potencia de la instalación (kW) x Valor de la potencia (€/kW) = Subvención
Potencia de la instalación (kW)
x
Valor de la potencia (€/kW)
=
Subvención
¿Cuál es la potencia de mi instalación?
La potencia de tu instalación que te corresponde te lo dirá el técnico una vez analizado el proyecto de instalación y saldrá reflejada en el presupuesto final. No obstante, te ayudamos a identificar las potencias más comunes para el sector residencial según el caso:
- Potencia baja: 2 kW
- Potencia media: 4 kW* (la más común)
- Potencia alta: 10 kW
¿Cuál es el valor de la potencia que me corresponde?
El valor de la potencia que te corresponde varía en función de la potencia de tu instalación y el tipo de modalidad que hayas escogido (individual o colectivo). Por tanto, para identificarlo, sigue los siguientes pasos:
- Conoce la potencia de tu instalación
- Ubica la tabla de valores de potencia según el programa
- Sitúate en el rango de potencia que te corresponde según la potencia de tu instalación. Por ejemplo, si tu instalación tiene 4 kW de potencia, te situarás en el 1º rango, el de menos de 10kWp. En cambio, si tienes una potencia de 11 kW, te corresponde el 2º rango, de 10 kWp a 100 kWp.
- Sitúate en el tipo de modalidad de autoconsumo, ya sea individual (un solo beneficiario) o colectivo (varios beneficiarios).
- Identifica el valor de la potencia (€/kW), es decir, la cuantía que te corresponde por cada kW.
En el Real Decreto 477/2021, se estipularon los denominados "módulos", donde se clasifican todos los valores de potencia según un rango de potencia, el cual varía de 1 a 5.000 kWp.
Rango de potencia instalada | Ayudas al autoconsumo individual | Ayudas al autoconsumo colectivo |
---|---|---|
Menos de 10 kWp | 600 €/kW | 710 €/kW |
10 kWp - 100 kWp | 450 €/kW | 535 €/kW |
100 kWp - 1.000 kWp | 350 €/kW | 420 €/kW |
1.000 kWp - 5.000 kWp | 300 €/kW | 355 €/kW |
Leyenda: kWp = kilovatio pico es la capacidad de generar energía en su punto de máximo rendimiento. | €/kW = euro por kilovatio
Rango de capacidad de almacenamiento | Ayudas para almacenamiento |
---|---|
Menos de 10 kWh | 490 €/kWh |
10 kWh - 100 kWh | 350 €/kWh |
100 kWh - 5.000 kWh | 245 €/kWh |
Más de 5.000 kWh | 140 €/kWh |
Leyenda: €/kWh = euro por kilovatio hora es el precio por cada kWh gastado
Rango de capacidad de potencia | Ayudas a residencial | Ayudas a administraciones |
---|---|---|
Menos de 50 kW | 900 €/kW | 950 €/kW |
50 kW - 100 kW | 750 €/kW | 850 €/kW |
100 kW - 400 kW | 600 €/kW | 750 €/kW |
Más de 400 kW | 450 €/kW | 650 €/kW |
Leyenda: €/kW = euro por kilovatio es el precio por cada kW de potencia instalado
Ejemplo de un cálculo de una subvención para placas solares (particulares)
Si un hogar medio quiere optar por el programa 4 de subvenciones para la instalación de paneles solares, puede realizar el siguiente cálculo:
Datos del interesado
- Modalidad = Autoconsumo individual
- Potencia de la instalación = 4 kW
- Inversión inicial = 5.500€
Datos del programa de subvenciones
- Programa = Nº 4 para instalación de placas solares fotovoltaicas
- Rango de potencia = menos de 10 kWp (kilovatio pico)
- Valor de la potencia = 600 €/kW (ver tabla de arriba) ya que es el programa 4 instalación in
1. Calcula la Subvención: Potencia de la instalación (kW) x Valor de la potencia (€/kW) = Subvención
- 4 kW x 600 €/kW = 2.400€ de subvención
2. Resta la Subvención: Inversión inicial - Subvención = Inversión total
- 5.500€ - 2.400€ = 3.100€ total a pagar
¿Hay alguna ayuda adicional?
Si, los particulares pueden optar por un 5% adicional relacionado con el Reto demográfico, si su municipio cuenta con menos de 5.000 habitantes. Este porcentaje se debe multiplicar al valor de la potencial (€/kW), en decimales (5% = 0,05).

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¿Cómo acceder a las subvenciones Next Generation de placas solares?
Las subvenciones Next Generation para placas solares deben solicitarse a través de la página web de la Comunidad Autónoma dónde se vaya a realizar el proyecto. Aunque es una ayuda estatal, el Gobierno transfirió las competencias a las autonomías. Y, por tanto ahora, para acceder a las subvenciones de placas solares de los fondos europeos hay que dirigirse a las webs de las diferentes autonomías.
A continuación y según los datos publicados por el Gobierno, dejamos los presupuestos de las ayudas Next Generation para paneles solares que manejan las diferentes comunidades autónomas y las webs dónde debérán solicitarse:
Comunidad Autónoma | Presupuesto total de la ayuda | Dónde se solicita | Fecha final |
---|---|---|---|
Andalucía | 209.695.370 € | A través de la web de la Agencia Andaluza de la Energía | 31/12/2023 |
Aragón | 43.510.702 € | Página web del Gobierno de Aragón | 31/12/2023 |
Asturias | 14.536.460 € | Trámite online a través de Sede Asturias | 31/12/2023 |
Baleares, Islas | 13.399.755 € | Trámite telemático del CAIB (Comunidad Autónoma de las Islas Baleares) | 31/12/2023 |
Canarias, Islas | 23.112.104 € | En la Sede del Gobierno de Canarias | 31/12/2023 |
Cantabria | 8.159.370 € | Vía la D.G. de Industria, Energía y Minas. D.G. de Comercio y Consumo del Gobierno de Cantabria | 31/12/2023 |
Castilla y León | 38.187.273 € | En la web tramitacastillayleon.jcyl.es | 31/12/2023 |
Castilla-La Mancha | 30.948.184 € | En sede electrónica de la jccm (Junta de Castilla-La Mancha) | 31/12/2023 |
Cataluña | 223.5921.313,58 € | Se solicita en la web del Instituto Catalán de Energía | 31/12/2023 |
CC Valenciana | 67.307.084 € | Mediante el portal tramita.gva (Tramita de la Generalitat Valenciana) | 31/12/2023 |
Extremadura | 14.881.861 € | A través de la sede.gobex (Sede Electrónica del Gobierno de Extremadura) | 31/12/2023 |
Galicia | 39.163.367 € | En la sede electrónica de la Xunta de Galicia | 31/12/2023 |
La Rioja | 5.828.709 € | En la oficina electrónica de La Rioja | 31/12/2023 |
Madrid | 175.906.222 € | En la sede electrónica de la Comunidad de Madrid | 31/12/2023 |
Murcia | 19.552.032 € | En sede.carm (Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia) | 31/12/2023 |
Navarra | 12.235.798 € | En el sistema Ateka de Navarra | 31/12/2023 |
País Vasco | 37.173.437 € | En la web de euskadi | 31/12/2023 |
Ciudad Autónoma de Ceuta | 739.001 € | En la sede electrónica de PROCESA | 31/12/2023 |
Ciudad Autónoma de Melilla | 697.074 € | Sede electrónica de Melilla | 31/12/2023 |
Cuantías económicas con los presupuestos ampliados
Estas ayudas al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable son la principal herramienta pública para costear una instalación de paneles solares. Y a diferencia del resto de iniciativas, esta se puede solicitar antes y después de efectuar la obra. Si bien, es muy recomendable pedirla cuanto antes y a través de una compañía instaladora, ya que se adjudican por orden de llegada y es recomendable no tener errores en la solicitud.

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Ayudas para paneles solares: requisitos y condiciones
Este carácter regional de las ayudas europeas para paneles solares hace que surjan diferencias entre las autonomías, en cuanto a procedimientos o plazos de tiempo. Pero no en cuanto a los requisitos y condiciones que deben cumplirse, ya que toda la convocatoria está regulada bajo la misma normativa: el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
Una norma que regula desde las condiciones que deben cumplir las personas beneficiarias de la subvención antes de enviar la solicitud; hasta los requisitos de los proyectos de autoconsumo que se hagan con la subvención; pasando por cómo deberán acreditarse todos ellos.
Si bien, y aunque la mayoría de la información que se debe presentar será dada por la empresa instaladora, es importante conocer los requisitos y condiciones de las ayudas europeas para paneles solares.
Los requisitos para acceder a las ayudas de paneles solares
¿Qué requisitos tienen las subvenciones de placas solares?
Los requisitos que tienen las subvenciones de placas solares está divididos en dos, para los solicitantes y para los proyectos de instalación:
- Requisitos de los beneficiarios
- Ser una persona física o jurídica
- No tener subvenciones pendientes de pago
- No tener deudas con Hacienda o Seguridad Social
- La obligación de deestinar el pago de la ayuda al objeto de la subvención
- Presentar una Declaración responsable alegando que cumplen los requisitos
- En el caso de ser una empresa, no se puede encontrar en situación de crisis
- Requisitos de la instalación de autoconsumo
- Todos los proyectos de autoconsumo deben ser posteriores al 30 de junio de 2021
- Todas las instalaciones deben contar con un sistema de monitorización, a excepción de alguna modalidad del programa 6. Se hace para comprobar la producción de energía y autoconsumo
- Que los programas 1, 2 y 4 cumplan con los objetivos de generación de energía renovable
- Que la energía consumida por los beneficiarios particulares del programa 4 sea igual o mayor al 80 %
- Que las baterías de los programas 1, 2, 3, 4 y 5 no estén conectadas a la red
- Que las actuaciones térmicas del programa 6 cumplan con el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE)
- Entre otros requisitos específicos de cada programa
¿Cómo se deben acreditar los requisitos de las ayudas para placas solres?
Para comprobar que se van a cumplir con todos estos requisitos, la normativa establece que en la solicitud que se presente deben aportarse una serie de documentos y datos técnicos. La mayoría de la información que se requerirá será dada por una empresa instaladora. Algunos de estos datos o documentos son los siguientes:
- Fotocopia del DNI del solicitante
- Fotocopia de la Declaración Responsable firmada por el solicitante de la ayuda
- Programa de incentivos que solicita: hay que elegir uno de los 6 programas disponibles dentro de la convocatoria
- Descripción de la actuación subvencionable: ya sea instalar placas solares; paneles solares + baterías, retirada de amianto + instalación de aerotermia, etc
- Coste total del proyecto: presupuesto final de la instalación de autoconsumo elegida
- Costes elegibles subvencionables: en base al presupuesto, detallar los costes para los que se utilizará la ayuda
- Cuantía máxima subvencionables: cambiará según el programa de incentivos que se pida. Debe ser una cifra en €
- Potencia de la instalación: calculada por una empresa instaladora. Debe aportarse en kW
- Energía anual estimada producida por la instalación: cuánta energía van a poder producir los paneles. La empresa instaladora es capaz de hacer esta estimación
- Almacenamiento. Contestar si se van a poner baterías solares y aclarar la potencia en kW de las mismas
- Retirada de cubierta de amianto. Responder si el proyecto lo requiere o no
- Otros requisitos según potencia en función de cada programa
¿Qué costes del presupuesto se pueden pagar con las ayudas de paneles solares?
El dinero que se recibe de las ayudas no se destina al completo a suplir el coste total de la instalación, sino que la normativa establece los costes del presupuesto de paneles solares que son y que no son subvenciones.
La gran mayoría de los costes asociados a las instalaciones de autoconsumo están recogidos dentro del listado de componentes que sí se pueden pagar con la ayuda.
Costes subvencionables
- Materiales y equipos
- Costes de ejecución
- Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, etc
- Sistema eléctrico general de alta y baja tensión
- Sistemas de gestión, control y monitorización
- Obras civiles cuando sean necesaria para el objeto de la ayuda
- El desmantelamiento de las instalaciones existentes
- La redacción de los proyectos o memorias técnicas
- Coordinación de Seguridad y Salud de la obra
- Los costes de gestión
- El informe del auditor
- Materiales y equipos
Costes no subvencionables
- El IVA
- Gastos de generales o de personal
- Estudios de impacto ambiental
- Gastos de promoción
- Autorizaciones administrativas, licencias y permisos
- Costes de avales, fianzas, multas, tasas o tributos
- Gastos asociados a otras gestiones
- Coste de arrendamiento de terreno para las placas
- Seguros
- La vigilancia y seguridad durante la ejecución de la obra
- Remodelaciones de otras líneas eléctricas
- Adecuación de carreteras hasta la instalación
- Costes financieros
¿Qué bonificaciones por placas solares hay?
Las bonificaciones de placas solares están disponibles en cientos de miles de municipios. Es una ayuda -de las dos iniciativas que existen- que se puede solicitar después de instalar paneles solares. Las bonificaciones para placas solares dependen del Ayuntamiento.
Las bonificaciones por paneles solares disponibles normalmente se realizan en:
- El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Entre el 10% o el 50% de bonificación, durante 1 o 5 años, por tener placas solares.
- El ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras). Entre el 15 % y 100 % de bonificación por paneles solares.
Bonificaciones por placas solares
Andalucía
Provincias de Andalucía | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Almería | Bonificación del IBI del 20 % | 3 años | ✘ |
Cádiz | Bonificación del IBI del 50 % | 4 años | Bonificación del ICIO del 95 % |
Córdoba | Bonificación del IBI 50 % | 10 años | Bonificación del 95 % |
Granada | Bonificación del IBI 50 % | 1 año | Bonificación del 95 % |
Huelva | Bonificación del IBI 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 30 % |
Jaén | Bonificación del IBI 50 % | 1 año | ✘ |
Málaga | Bonificación del IBI del 15 % | 3 años | Bonificación del ICIO 95% |
Sevilla | Bonificación del IBI del 50 % Bonificación del IBI del 30% |
Del 1º al 3º año 4º año |
Bonificación del ICIO del 75% |
Aragón
Provincias de Aragón | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Huesca | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO del 95 % |
Teruel | Bonificación del IBI del 30 % | 4 años | Bonificación del ICIO del 50 % |
Zaragoza | Bonificación del IBI 30 % | 5 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Asturias
Municipios de Asturias | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Aller | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO 30 % |
Avilés | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Carreño | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO 50 % |
Castrillón | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 5 % |
Gijón | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Llanera | Bonificación del IBI del 40 % | 3 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Mieres | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 95 % |
Oviedo | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO 30 % |
Gijón | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 50 % |
Baleares
Municipios de Baleares | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Alcúdia | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | ✘ |
Andratx | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 95% |
Calvià | Bonificación del IBI 50 % | 3 años | Bonificación del 95 % |
Capdepera | Bonificación del IBI 50 % | 3 años | ✘ |
Ciutadella de Menorca | Bonificación del IBI 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 50 % |
Ibiza | Bonificación del IBI 40 % | 5 años | Bonificación del ICIO del 95 % |
Felanitx | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO del 50 % |
Formentera | Bonificación del IBI del 50 % | 4 años | Bonificación del ICIO 90% |
Inca | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 95% |
Llucmajor | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 50 % |
Manacor | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 95 % |
Maó-Mahón | Bonificación del IBI del 50 % | 2 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Marratxí | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | ✘ |
Palma | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Pobla, Sa | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 50 % |
Pollença | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 75 % |
Sant Antoni de Portmany | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 50 % |
Santa Eulària des Riu | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Santa Margalida | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 95 % |
Felanitx | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 95 % |
Canarias
Provincias de Canarias | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Las Palmas | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 50 % |
Sta. Cruz de Tenerife | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO del 90 % |
Cantabria
Municipios de Cantabria | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Astillero, El | Bonificación del IBI del 30 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 50 % |
Camargo | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO del 50 % |
Castro Urdiales | Bonificación del IBI 50 % | 5 años | Bonificación del 95 % |
Corrales de Buelna,Los | ✘ | ✘ | Bonificación del 95 % |
Piélagos | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO del 50 % |
Santa Cruz de Bezana | Bonificación del IBI 25 % | 3 años | Bonificación del ICIO 50 % |
Santander | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO del 30 %/casas Bonificación del IBI del 95 %/empresas |
Torrelavega | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO del 95 % |
Castilla – La Mancha
Provincias de Castilla – La Mancha | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Albacete | Bonificación del IBI del 30 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 50 % |
Ciudad Real | Bonificación del IBI del 21/30 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 60 % |
Cuenca | Bonificación del IBI 25 % | 1 año | Bonificación del ICIO del 95 % |
Guadalajara | Bonificación del IBI 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 30 % |
Toledo | Bonificación del IBI 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 50 % |
Castilla y León
Provincias de Castilla y León | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Ávila | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 95 % |
Burgos | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO del 95% |
Palencia | Bonificación del IBI 50 % | 5 años | Bonificación del 80 % |
Salamanca | Bonificación del IBI 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO del 50 % |
Segovia | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO del 95 % |
Soria | Bonificación del IBI 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 50 % |
Valladolid | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 95 % |
Zamora | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO del 95 % |
Catalunya
Provincias de Catalunya | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Barcelona | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 95 % |
Girona | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO del 95 % |
Lleida | Bonificación del IBI 50 % | 5 años | Bonificación del 95 % |
Tarragona | Bonificación del IBI 50 % | 5 años | Bonificación del 2 % |
Ciudad autónoma de Ceuta
Ciudad autónoma de Ceuta | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Ciudad autónoma de Ceuta | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del 60 % |
Comunidad Valenciana
Provincias de la Comunidad Valenciana | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Alicante | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO del 50 % |
Castellón de la Plana | Bonificación del IBI del 50 % | 10 años | Bonificación del ICIO del 95 % |
Valencia | Bonificación del IBI del 50 %/residencial Bonificación del IBI del 25 %/no residencial |
10 años | Bonificación del 95 % |
Extremadura
Provincias de Extremadura | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Badajoz | ✘ | ✘ | ✘ |
Cáceres | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO del 50 % |
Galicia
Municipios de Galicia | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
A Coruña | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Lugo | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO 50 % |
Orense | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 30 % |
Pontevedra | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 50 % |
Madrid
Municipios de más de 100.000 habitantes de Madrid | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Alcalá de Henares | Bonificación del IBI del 50 % | 1 años | Bonificación del ICIO 90 % |
Alcobendas | Bonificación del IBI del 40 %/50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 50 % |
Fuenlabrada | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 50 % |
Leganés | Bonificación del IBI del 30 % | 2 años | Bonificación del ICIO 5 % |
Madrid | Bonificación del IBI del 50 % | 4 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Móstoles | Bonificación del IBI del 50 % | 4 años | ✘ |
Getafe | Bonificación del IBI del 30 % | 10 años | Bonificación del IBI del 95 % |
Murcia, Región de
Ciudad de Murcia | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Murcia | Bonificación del IBI del 50 % | 5 años | Bonificación del ICIO 50 % |
Comunidad Foral de Navarra
Municipios de Navarra | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Pamplona | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 95 % |
Tudela | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 95 % |
País Vasco
Capital provincial de País Vasco | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Vitoria-Gasteiz | ✘ | ✘ | Bonificación del ICIO 50 % |
San Sebastián | Bonificación del IBI del 10 % | 5 | Bonificación del ICIO 95 % |
Bilbao | Bonificación del IBI del 10 % | 3 años | Bonificación del ICIO 60 % |
La Rioja
Capital provincial de La Rioja | IBI | IBI Años | ICIO |
---|---|---|---|
Logroño | Bonificación del IBI del 50 % | 3 años | Bonificación del ICIO 75 % |
Ayudas estatales de placas solares: la deducción de IRPF
Los paneles solares cuentan con una ayuda estatal poco conocida, pero que es igual de ventajosa: una deducción en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Es decir, los contribuyentes que hayan instalado paneles solares pondrán deducirse entre un 20 % o un 60 %, en función del caso, en su Declaración de la RENTA de ese año.
Esta deducción de las placas solares es relativamente reciente. Fue un cambio introducido por el Gobierno en la Ley 35/2006 de IRPF, con el objetivo de establecer nuevos beneficios fiscales a los particulares que realizasen cualquier tipo de acción en su vivienda para mejorar la eficiencia energética. Y entre las que se incluye la instalación de placas solares fotovoltaicas o térmicas.
De esta manera, poner placas solares conlleva poder acceder a una de las 3 deducciones en RENTA que hay disponibles por apostar por la eficiencia energética. Que son:
- Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. Un 20% en el IRPF
- Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable. Un 40% en el IRPF
- Deducción por obras de rehabilitación energética. Un 60 % en el IRPF
Deducción en el IRPF | Objetivo de eficiencia | Tipo de inmueble afectado | Plazo de la instalación | Periodo de tiempo impositivo |
---|---|---|---|---|
20 % | Reducir la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda en al menos un 7% | Para viviendas habituales o arrendadas. Excluyendo obras en garajes, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas | Obras realizadas entre el 6/10/2021 y hasta el 31/12/2023 de máximo 5.000 € | Hasta el 31/12/2023 |
40 % | Reducir en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable. O se obtenga una mejora de la calificación energética de la vivienda: una clase «A» o «B» | Para viviendas habituales o arrendadas. Excluyendo obras en garajes, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas | Obras realizadas entre el 6/10/2021 y hasta el 31/12/2023 de máximo 7.500 € | Hasta el 31/12/2023 |
60 % | Reducir en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable. O se obtenga una mejora de la calificación energética de la vivienda: una clase «A» o «B» | En las viviendas, plazas de garaje y trasteros que sean de tu propiedad y de uso residencial | Obras realizadas entre el 6/10/2021 y hasta el 31/12/2024 | Hasta el 31/12/2024 |
Todas las deducciones deberán ser acreditadas con certificado de eficiencia energética de la vivienda emitido por un técnico competente antes del inicio de la instalación de placas solares y después de la realización de la obra.