El Bono Social Térmico es una ayuda del Gobierno destinada a los hogares vulnerables para compensar los gastos de calefacción, agua caliente o cocina, regulada por el Ministerio para la Transición Ecológica. Para este año 2026, la gestión sigue vinculada automáticamente a los beneficiarios del Bono Eléctrico.
¿Qué es el Bono Social Térmico?
El Bono Social Térmico es una ayuda económica creada en 2018 y gestionada por el Ministerio para la Transición Ecológica. Se trata de un ingreso directo en tu cuenta bancaria, no es un descuento en factura ni una bonificación en la renta. Su objetivo es ayudar a las familias con menos recursos a afrontar los gastos energéticos del hogar.
A diferencia del bono social eléctrico, esta ayuda se concede independientemente del tipo de energía que utilice la vivienda. Es decir, puede destinarse a pagar calefacción de: gas natural, gas propano o butano, gasóleo, biomasa o pelletes, o electricidad.
Esta ayuda se otorga automáticamente a los consumidores que tengan concedido el Bono Social Eléctrico.
Requisitos para ser beneficiario automático
Para acceder al Bono Social Térmico solo debes ser beneficiario del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior. Para tener derecho al bono eléctrico ,y por tanto al térmico, debes cumplir estos dos requisitos básicos:
- Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual de la unidad familiar.
- Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos.
También pueden acceder los hogares que a 31 de diciembre hayan presentado su solicitud o renovación del Bono Social de luz, siempre que este les sea concedido.

¿Tienes derecho al bono social?
Con la aplicación gratuita de Selectra, podrás comprobar si cumples los requisitos para optar al bono social, y qué descuento te correspondería.

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¿Cuánto dinero me corresponde por el Bono Social Térmico en 2026?
El importe del Bono Social Térmico depende de dos factores principales:
- La zona climática donde se encuentra la vivienda.
- El grado de vulnerabilidad del consumidor (vulnerable o vulnerable severo).
En 2026 la ayuda mínima es de 40 € y puede superar los 370 € en las zonas más frías. Si el beneficiario tiene la condición de consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social, la ayuda se incrementa en un 60% adicional sobre el importe base que le correspondería por su zona.
El Bono Social Eléctrico distingue tres categorías de beneficiarios, que determinan también el importe del bono térmico:
- Consumidor vulnerable.
- Consumidor vulnerable severo.
- En riesgo de exclusión social.
Las diferentes zonas del país han sido identificadas con una letra desde Alfa a E, correspondiendo Alfa a las zonas con temperaturas más altas y la E a las zonas más frías.
Introduce tu municipio para saber en qué zona climática estás y qué importe mínimo te corresponde:
¿Cuál es mi zona climática y qué ayuda me correspondería?
- Adeje
- Adra
- Adsubia
- Agaete
- Agulo
Si tu municipio lleva tilde, escríbela
También puedes consultarlo en el mapa de la CNMC. La normativa completa está disponible en la web oficial del MITECO.

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Contacto y teléfonos por Comunidades Autónomas
Si tienes dudas sobre el estado de tu pago o necesitas gestionar el ingreso con tu administración, cada Comunidad Autónoma dispone de un teléfono de atención ciudadana específico para el Bono Social Térmico. Son ellas quienes ejecutan los pagos y resuelven las incidencias una vez recibido el listado de beneficiarios.
| Comunidad Autónoma | Teléfono |
|---|---|
| Andalucía | 900 101 220 |
| Aragón | 976 716 500 |
| Principado de Asturias | 985 27 91 00 |
| Islas Baleares | 900 100 444 |
| Cantabria | 942 200 033 |
| Castilla y León | 983 327 850 |
| Castilla-La Mancha | 925 28 70 92 |
| Cataluña | 932 142 124 |
| Comunidad Valenciana | 961 209 600 |
| Extremadura | 924 012 134 |
| Galicia | 981 957 803 |
| Comunidad de Madrid | 900 101 768 |
| Región de Murcia | 968 362 000 |
| Comunidad Foral de Navarra | 848 42 69 00 |
| País Vasco | 945 01 68 38 |
| La Rioja | 941 29 83 33 |
Comercializadoras de Último Recurso para enviar documentación
Si necesitas presentar documentación adicional para acreditar tu condición de beneficiario, por ejemplo, en caso de revisión o reclamación, debes dirigirte a tu Comercializadora de Último Recurso, que es la encargada de gestionar el listado de beneficiarios y trasladarlo a las Comunidades Autónomas.
Fechas de pago: ¿Cuándo se ingresa el bono térmico este año?
El Bono Social Térmico se abona mediante un único ingreso anual en tu cuenta bancaria, normalmente durante el primer trimestre del año. El pago lo gestionan directamente las Comunidades Autónomas, que reciben el listado de beneficiarios desde las comercializadoras de referencia.
Antes de realizar el ingreso, la administración autonómica envía a los beneficiarios una carta informativa con un PIN de autenticación que permite acceder al portal de la comunidad para confirmar o actualizar el IBAN donde se recibirá el pago, o renunciar a la ayuda si se desea.
Si la administración no dispone de tu número de cuenta actualizado, el pago no podrá realizarse.
Aviso: Aunque la normativa indica el primer trimestre, los pagos suelen depender de la agilidad presupuestaria de cada Comunidad Autónoma y pueden retrasarse.
¿Hay que declarar el Bono Social Térmico en la renta?
El Bono Social Térmico se considera una ganancia patrimonial y debe incluirse en la declaración de la renta. Sin embargo, en muchos casos no tendrá impacto fiscal si el contribuyente no supera los mínimos obligatorios de declaración.
Estos son algunos ejemplos de cómo puede afectarte según tu situación:
| Perfil del contribuyente | Ingresos anuales (Trabajo/Pensión) | Importe Bono Térmico | ¿Obliga a declarar? |
|---|---|---|---|
| Pensionista con pensión mínima | 11.000 € | 150 € | NO |
| Trabajador (SMI) | 15.800 € | 200 € | SI |
| Familia Numerosa | 25.000 € | 350 € | SI |
| Vulnerable Severo | 7.000 € | 375 € | NO |
¡Importante! Hacienda considera a la Administración que te paga el bono como un segundo pagador, distinto a tu empresa o la Seguridad Social. Esto tiene consecuencias: si tienes dos o más pagadores y el segundo (el bono u otras ayudas) supera los 1.500 €, el límite para estar obligado a declarar baja de los 22.000 € a los 15.876 €. Y aunque el bono no llegue a 1.500 €, si el resto de tus ingresos por trabajo ya superan esos 15.876 €, la ayuda del bono se suma y tributa igualmente.

¿Necesitas ayuda para tramitar el bono social?
Recibe asesoramiento gratuito con Selectra.

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Preguntas frecuentes y problemas con el Bono Social Térmico
¿Las familias numerosas reciben el Bono Social Térmico?
Las familias numerosas no reciben el bono automáticamente. Para acceder deben cumplir alguna de estas dos condiciones: ser beneficiarios del Bono Social Eléctrico, o tener una renta anual igual o inferior a 16.800 €. Si se cumple alguna de ellas, el proceso es el mismo que para cualquier otro beneficiario.
¿Tengo que tener contratada la TUR para cobrar el bono social térmico?
No. Aunque para solicitar el Bono Social Eléctrico es necesario tener contratada la PVPC, para cobrar el Bono Social Térmico no es necesario tener la TUR (la tarifa regulada de gas). Puedes tener contratada una tarifa de gas del mercado libre y seguir siendo beneficiario.
No me han pagado el Bono Social Térmico, ¿qué hago?
Primero, revisa que la administración autonómica tenga tu número de cuenta actualizado. Si el listado es correcto pero no has recibido el ingreso, debes reclamar directamente a la Consejería de Energía o Asuntos Sociales de tu Comunidad Autónoma, ya que son ellas quienes gestionan el presupuesto y ejecutan los pagos.
¿Dónde reclamar el Bono Social Térmico?
Si no puedes resolver tu reclamación con tu Comunidad Autónoma, puedes contactar con el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), organismo responsable de la gestión nacional del bono:
- Llamar al teléfono del Bono Social Térmico: 913 146 673 (lunes a viernes, 9h-14h).
- Contactar con la Administración en el 060.
- Llamar al teléfono de Atención al Ciudadano de tu Comunidad Autónoma.
- Mandar un mail a [email protected] a la atención de MITECO, o a [email protected].
¿Se puede renunciar al Bono Social Térmico?
Sí. El usuario debe notificarlo vía online o mediante un escrito en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que haya recibido la notificación favorable.