La venta o compensación de excedentes es posible desde que se aprobó la nueva normativa de autoconsumo en el Real Decreto 244/2019. Estos mecanismos te permitirán reducir tu factura la luz gracias a la energía producida y no consumida de tu instalación de placas solares.

¿Qué tarifas solares existen?

Las tarifas solares suelen ser exclusivas para clientes que disponen de sistemas fotovoltaicos. Si no te es rentable o viable instalar placas solares, es importante que conozcas que tienes otras alternativas para ahorrar. Por ejemplo, si tus consumos son principalmente durante la noche, lo más aconsejable será que contrates una tarifa de discriminación horaria que te ofrezca un precio más económico durante las horas nocturnas y más elevado durante el día.

En cualquier caso, siempre es recomendable estudiar el perfil de los consumos para saber cuál es la tarifa que más se adapta a tus necesidades energéticas. Desde Selectra, te realizamos un estudio solar gratuito para analizar tu caso personalizadamente y comunicarte cuál es la alternativa que más te conviene.

Además, los que estén interesados en compensar sus escedentes pueden utilizar también una batería virtual, que puede hacer que pagues 0€ en tus facturas de luz.

Compensación de excedentes: ¿Qué es y quién puede acogerse?

La compensación de excedentes es un mecanismo que se aprobó en la nueva normativa de autoconsumo y establece que los consumidores con instalaciones fotovoltaicas conectadas a la red eléctrica pueden recibir una compensación económica por sus excedentes energéticos. Los sistemas de autoconsumo eléctrico que pueden acogerse de forma voluntaria al mecanismo de compensación simplificada son:

  • Instalaciones de autoconsumo individual con excedentes
  • Instalaciones de autoconsumo colectivo sin excedentes
  • Instalaciones de autoconsumo colectivo con excedentes

Consulta cómo funcionan las placas solares fotovoltaicas.

Requisitos para acogerse al mecanismo de compensación simplificada

  • La fuente de la instalación generadora debe ser renovable
  • La potencia de la instalación debe ser menor o igual a 100 kW
  • La instalación no debe tener otorgado un régimen retributivo adicional (es decir, el consumidor no puede lucrarse, ya que no es una actividad económica)
  • Debe haberse firmado un contrato de compensación de excedentes entre productor (titular de la instalación) y consumidor (titular del suministro) en el caso de las instalaciones individuales de autoconsumo con excedentes acogidas a compensación, incluso si son la misma persona física o jurídica. Una vez firmado, este documento se entregará a la distribuidora (directamente o a través de la comercializadora). Para ver un ejemplo del contrato de compensación, consulta la página 154 del IDAE.

Las instalaciones de autoconsumo colectivo sin excedentes acogidas a compensación no es necesario que firmen el contrato de compensación. En este caso, será suficiente con formalizar un acuerdo de reparto de la energía firmado por todos los consumidores asociados.

¿Qué precio recibiré por mis excedentes energéticos?

El precio del excedente energético será establecido por la comercializadora. Al finalizar cada periodo de facturación, se lleva a cabo la lectura del contador eléctrico bidireccional y se descuentan los excedentes energéticos del importe de la energía consumida de la red. Se pueden dar dos casos:

1. El consumidor tiene contratado el suministro con una comercializadora de referencia

  • La energía comprada de la red será valorada al precio del PVPC.
  • La energía inyectada será valorada al precio medio horario menos el coste de los desvíos (CDSVh) definidos en el RD 216/2014. Este valor es transparente y se puede consultar en el ESIOS.

El precio del excedente energético cambia cada hora y es de aproximadamente 0,05 - 0,06 €/kWh.

2. El consumidor tiene contratado el suministro con una comercializadora libre

  • La energía comprada de la red será valorada al importe que aparezca en el contrato de suministro con la comercializadora.
  • La energía inyectada será valorada al precio acordado entre la comercializadora y el consumidor.

Balance neto vs. compensación simplificada

Es importante no confundir el concepto de la compensación simplificada con el balance neto: el balance neto es un cálculo que se hace para compensar la energía consumida e inyectada de la red a un mismo valor (por ejemplo, 0,12 €/kWh). En el caso de la compensación simplificada, por un lado se diferencia el precio de la energía consumida y por otro, el de los excedentes inyectados. Un ejemplo sería la energía consumida a un precio de 0,15 €/kWh y los excedentes energéticos valorados a 0,05 €/kWh.

Como vemos, el consumidor ha pagado un importe de 19,45 € por potencia contratada y 12,32 € por energía consumida. Al estar acogido al mecanismo de compensación simplificada, se han descontado 19 € por los excedentes energéticos en su factura. Si no estuviese acogido a este mecanismo, el consumidor hubiera tenido que pagar un precio de 31,64 € por energía consumida.

Tarifas solares con compensación de excedentes

Algunas comercializadoras libres han fijado planes de precios para las instalaciones de autoconsumo conectadas a la red de distribución acogidas al mecanismo de compensación simplificada. Estas tarifas ofrecen precios especiales para aquellos momentos en los que no es posible producir electricidad y fijan un importe específico por el excedente. A continuación, mostramos algunas de ellas:

Tarifa eléctrica Plan Ahorro Solar de EDP Solar

La tarifa para autoconsumo de EDP Solar ha establecido un precio especial fijo para las horas que se tenga hacer uso de la red de distribución y una retribución de 0,048 €/kWh por los excedentes energéticos.

Tarifa eléctrica Plan Ahorro Solar
Tarifa Precios
Hasta 10 kW
Potencia (Valle) 0,0049 €/kW día
Potencia (Punta) 0,0815 €/kW día
Consumo (Valle) 0,249 €/kWh
Consumo (Llano) 0,331 €/kWh
Consumo (Punta) 0,339 €/kWh
Precio del excedente 0,165 €/kWh
Entre 10 y 15 kW
Potencia (Valle) 0,0049 €/kW día
Potencia (Punta) 0,0815 €/kW día
Consumo (Valle) 0,241 €/kWh
Consumo (Llano) 0,331 €/kWh
Consumo (Punta) 0,394 €/kWh
Precio del excedente 0,165 €/kWh

Endesa Solar

La tarifa para instalaciones de placas fotovoltaicas de Endesa Solar ofrece un 25% de descuento en las horas tempo: de 18h a 9h durante los meses de verano y de 17h a 10h en invierno. Asimismo, ha fijado un precio de 0,05 €/kWh para los excedentes energéticos.

Precios de la tarifa Tempo Solar de Endesa
Tarifa Precios
Hasta 10 kW
Potencia 0,1306 €/kW día
Consumo 0,1546 €/kWh
Horas tempo 0,1159 €/kWh
Precio del excedente 0,05 €/kWh
10 - 15 kW
Potencia 0,1374 €/kW día
Consumo 0,1577 €/kWh
Horas tempo 0,1182 €/kWh
Precio del excedente 0,05 €/kWh