Comercializadoras Reguladas: listado, tarifas y Bono Social
Listado completo de las comercializadoras de referencia que operan en el mercado regulado de España. Descubre todas sus tarifas y cómo solicitar con ellas el Bono Social Eléctrico.
¿Qué es una Comercializadora de Referencia?
Las Comercializadoras de Referencia, también conocidas como comercializadoras reguladas, son aquellas que operan en el mercado regulado de la electricidad y el gas y, por tanto, sus precios son regulados por el Gobierno.
Solo a través de una Comercializadora de Referencia el consumidor puede solicitar el Bono Social Eléctrico, una ayuda destinada al pago de la factura de la luz.
Son comercializadoras designadas por el Ministerio de Industria para ofrecer la tarifa PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor) de luz y la tarifa de último recurso de gas
De hecho, muy pocas comercializadoras pueden ofrecer a los consumidores este tipo de tarifas, ya que para ello han de cumplir con una serie de requisitos recogidos en el Real Decreto 216/2014 de 28 de marzo.
- Requisitos para ser Comercializadora de Referencia:
- Tener un capital social mínimo de 500.000 euros.
- Haber tenido, al menos, 25.000 clientes en los últimos doce meses.
- Haber suministrado energía a consumidores de manera ininterrumpida durante los últimos tres años.
¿Es lo mismo una Comercializadora Regulada que una de Último Recurso?
Las comercializadoras reguladas se denominaban anteriormente Comercializadoras de Último Recurso. Cuando se efectuó la reforma del mercado eléctrico, las Comercializadoras de Último Recurso pasaron a denominarse Comercializadoras de Referencia.
Las comercializadoras que operan en el mercado regulado del mantuvieron la denominación "Último Recurso", pero las que operan tanto en el del gas como en el eléctrico han optado por una opción u otra.
Las empresas a las que pertenecen las comercializadoras reguladas operan también en el mercado libre. No obstante, están obligadas por ley a llamarse de maneras distintas. Por ejemplo, Endesa en el mercado regulado recibe el nombre de Energía XXI.
Desde mediados de 2019, la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) obliga a las comercializadoras del mercado regulado a llamarse de forma distinta a las que operan en el mercado libre para evitar confusiones entre los consumidores.
¿Qué compañías de luz y gas hay en el mercado regulado?
En estos momentos, en España tan solo existen ocho Comercializadoras de Referencia. A continuación, se detalle un listado con la denominación de cada una de las comercializadoras reguladas que operan en el país así como sus números de teléfono y el mercado en el que trabajan.
Comercializadora regulada | Teléfono luz | Teléfono gas |
---|---|---|
Energía XXI (Endesa) | 800 760 333 | 800 760 333 |
Curenergía (Iberdrola) | 900 200 708 | 900 100 309 |
Régsiti (Grupo Repsol) | 900 101 005 | 900 101 005 |
Baser COR | 900 902 947 | 900 902 947 |
Gas & Power (Naturgy) | 900 100 502 | 900 100 502 |
CHC COR | 900 814 023 | 900 814 023 |
Teramelcor S.L. | 800 007 943 | 800 007 943 |
Energía Ceuta XXI | 900 106 004 | 900 106 004 |
Teléfonos gratuitos. Atención 24 horas.
¿Qué tarifas ofrecen las comercializadoras reguladas?
Como ya se ha mencionado anteriormente, las comercializadoras reguladas ofrecen las tarifas PVPC de luz y TUR de gas.
Tarifa de luz Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC)
La tarifa eléctrica Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) establece un precio del kWh distinto para la energía cada hora del día. Es decir, los precios, fijados por el Gobierno, cambian 24 veces al día. Se puede consultar el precio de la luz de mañana a partir de las 20:30 del día anterior.
Además la PVPC es una tarifa con horarios de la luz, tanto en consumo como en potencia. La discriminación horaria es la correspondiente a la nueva tarifa de luz 2.0TD:
- Horarios de consumo: valle, llano y punta
- Horarios de potencia: valle y punta
La tarifa PVPC es aquella que han de tener contratada los consumidores vulnerables, para poder acceder al Bono Social Eléctrico. La tarifa PVPC está sujeta a una serie de condiciones y particularidades que es conveniente conocer.
- Condiciones de las tarifas PVPC:
- El precio está fijado por el Gobierno, por lo que no hay margen de negociación entre el cliente y la comercializadora
- No existe compromiso de permanencia
- A la tarifa PVPC no se le puede aplicar ningún tipo de descuento o promoción
- Solo está disponible para potencias contratadas iguales o inferiores a 10 kW
Tarifa Último Recurso (TUR) de gas
Por último, las comercializadoras reguladas también ofrecen la Tarifa Último Recurso (TUR) de gas, cuyos precios están fijados por el Gobierno. Los precios de las TUR varían cada tres meses y se publican en el BOE.
El único requisito para contratarla es que el cliente consuma menos de 50.000 kWh de gas natural al año.
Acceso | Fijo | Variables |
---|---|---|
Tarifa de Último Recurso (TUR) | 3.85 €/mes | 0,05 |
TUR 2 | 7.12 €/mes | 0.0409 €/kWh |
Precios sin impuestos.
En función del consumo de cada cliente, la distribuidora le asignará automáticamente una tarifa de acceso:
- TUR 1 Consumos de hasta 5.000 kWh/año. Normalmente hogares que únicamente utilizan el gas natural para el agua caliente y cocinar.
- TUR 2 Consumos de entre 5.000 y 50.000 kWh/año. Uso del gas para agua caliente, cocina y calefacción.
En el caso del gas, no es obligatorio tener contratada la tarifa TUR para beneficiarse del Bono Social de gas.
¿Ofrecen las comercializadoras reguladas el Bono Social?
La respuesta es sí. De hecho, únicamente las ocho comercializadoras de referencia autorizadas por el Gobierno pueden ofrecer a los consumidores el Bono Social Eléctrico. El Bono Social Térmico, por otro lado, será percibido por todos los usuarios que cuentan con el Bono Social Eléctrico, independientemente de si están en el mercado libre o regulado.
Se trata de una ayuda estatal que el Ejecutivo otorga a aquellas familias con dificultades para hacer frente al pago de las facturas de la luz o el gas natural.
Para poder ser beneficiario de esta ayuda, el cliente debe cumplir con una serie de requisitos económicos y otros relativos a su suministro eléctrico:
- Tener contratada una tarifa PVPC
- Tener una potencia contratada igual o inferior a 10 kW
- Ser considerado consumidor vulnerable
Para consultas relativas al Bono Social Eléctrico o Térmico -que se otorga automáticamente si se concede el bono de la luz-, el consumidor puede contactar con su comercializadora de referencia a través de las siguientes direcciones de correo electrónico.
- Solicitud del bono social por comercializadoras
- Baser Comercializadora de Referencia (EDP): bonosocial@basercor.es
- Energía XXI (Endesa): bonosocial@energiaxxi.com
- Régsiti Comercializadora Regulada: bono-social@regsiti.com
- Gas & Power (Naturgy): bonosocial@comercializadoraregulada.es
- CHC COR: bonosocial@corenergetico.es
- Curenergía (Iberdrola): bonosocial@curenergia.es
- Energía Ceuta XXI: bonosocial@energiaceutaxxi.com
- Teramelcor SL: bonosocial@teramelcor.es
¿Puedo contratar una tarifa del mercado regulado?
Hasta finales de los años 90, el mercado eléctrico español estaba regulado en su totalidad por el Gobierno. No obstante, conforme se fue acercando el cambio de milenio, el mercado comenzó a liberalizarse hasta dar lugar a lo que que conocemos hoy día: un mercado regulado y otro libre.
Los clientes son totalmente libres de elegir sin coste si quieren contratar su energía a un operador regulado o a otro del mercado libre.
Los únicos consumidores que están sujetos a contratar una tarifa PVPC del mercado regulado son aquellos que desean acogerse al Bono Social Eléctrico.
¿Qué diferencia hay entre la comercializadora regulada y la distribuidora?
Muchos consumidores todavía desconocen qué diferencias hay entre es la comercializadora y la compañía distribuidora, a pesar de que sus funciones son bien distintas.
Algunos todavía piensan que, en el mercado regulado, deben contratar una comercializadora que pertenezca al mismo grupo que la distribuidora, por ejemplo, Energía XXI y e-distribución. Esto se debe a que, hace unos años, las distribuidoras se encargaban tanto del suministro como de la comercialización de la energía, pero ahora sus funciones son distintas:
- La compañía distribuidora es la que se encarga de hacer llegar la energía (ya sea gas o electricidad) hasta el punto de suministro a través de la red de distribución. Es decir, es la encargada de transportar la energía desde las plantas de producción hasta la vivienda del consumidor.
- La comercializadora es la encargada de vender esa energía y de tramitar los contratos con los consumidores. Además, las comercializadoras pagan a la distribuidora por las tarifas de acceso y por hacer uso de la red de distribución.
El cliente puede elegir libremente qué comercializadora contratar, independientemente de que esta opere en el mercado libre o en el regulado. No obstante, las compañías distribuidoras operan por zonas geográficas, por lo que el cliente no puede escogerla y se le asigna automáticamente en función de donde viva.