¿Qué potencia eléctrica necesita mi negocio? Subir y bajar potencia
La potencia eléctrica contratada en un negocio o empresa depende de distintos factores que deben tenerse en cuenta para el correcto desarrollo de la actividad económica de la misma. Descubre aquí si tu pyme tiene la potencia adecuada.
¿Qué potencia contratar en una pyme?
No existe una potencia eléctrica concreta para todas las pequeñas y medianas empresas, ya que depende de distintos factores que influyen en el desarrollo de la empresa. Entre los factores a tener en cuenta, encontramos:
- Actividad económica que desarrolla la empresa
- Dimensiones
- Número de trabajadores
- Número de aparatos eléctricos
- Número de electrodomésticos que están funcionando simultáneamente
- Periodo de tiempo que funcionan los aparatos eléctricos al mismo tiempo
Además de tener en cuenta los elementos señalados, es importante recibir el asesoramiento de un técnico especializado para contratar la potencia adecuada.
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¿Cómo calcular la potencia necesaria para tu negocio?
Determinar la potencia eléctrica necesaria en un negocio o pyme es una cuestión verdaderamente importante, ya que determinará el buen funcionamiento de la instalación eléctrica, el correcto desarrollo de la actividad económica y el importe a abonar en la factura de luz.
A la hora de contratar una potencia determinada, es importante tener en cuenta los elementos señalados anteriormente y el asesoramiento de un técnico especializado. Ya que si se contrata un número de kW inferior al necesario, la empresa podrá sufrir cortes de suministro eléctrico, provocando daños y posibles pérdidas económicas.
Los cortes de luz causados por sobrepasar la potencia contratada, solo se producirán en aquellos puntos de suministro con una potencia inferior a 15 kW y no dispongan de maxímetro. Este sustituye al contador de luz en aquellas instalaciones donde la potencia contratada supera los 15 kW y se caracteriza por no cortar el suministro eléctrico aunque la potencia demandada supere a la contratada.
¿Qué es el porcentaje de simultaneidad?
El porcentaje de simultaneidad, uno de los elementos más importantes a la hora de calcular la potencia a contratar en una empresa, hace referencia a dos datos concretos:
- Número de aparatos eléctricos que permanecen en funcionamiento al mismo tiempo
- Periodo de tiempo en que se produce dicha simultaneidad
Este porcentaje se puede hallar en cualquier día normal de trabajo, determinando la cantidad de aparatos eléctricos en funcionamiento y el tiempo concreto en que se usan simultáneamente.
¿Cómo se calcula el porcentaje de simultaneidad? Multiplicando el consumo total (en watios) de los aparatos eléctricos por el porcentaje de uso simultáneo. En función del resultado, el rango de potencia contratada será uno u otro.
¿Se puede modificar la potencia contratada de una empresa?
La potencia contratada en un negocio o pyme puede modificarse a la alza o a la baja, si las condiciones de la empresa así lo requieren. Eso sí, es muy importante que los cambios se realicen tras el asesoramiento o ayuda de un técnico especializado, para que la modificación no suponga ningún problema para el correcto desarrollo del negocio.
Antes de modificar la potencia eléctrica, es importante señalar que las distribuidoras eléctricas solo permiten hacer un cambio de potencia al año. Por ello, es necesario asegurarse de que el número de kilovatios es el correcto.
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Para saber si la potencia de su negocio es la correcta o, por el contrario, necesita ser modificada, el usuario tiene tres opciones:
Estudio de la factura de luz
En la factura de luz de la empresa se detalla no solo la potencia contratada, sino también la potencia demandada en cada uno de los periodos horarios -si la tarifa contratada tiene discriminación horaria-. De esta manera, el cliente podrá comprobar en sus recibos si sobrepasa o no el número de kilovatios contratados. Este dato es muy importante, ya que ayuda a determinar si debe realizarse un cambio de potencia a la alza o a la baja.
Estudio potencia máxima demandada
En el área de clientes de la distribuidora eléctrica que corresponda al punto de suministro, el cliente podrá ver cuál es su potencia contratada y cuál ha sido la potencia máxima demandada en los distintos periodos gracias al histórico de potencias máximas registradas.
Solicitar asesoramiento a un técnico especializado
Además de realizar los dos pasos anteriores, es importante el asesoramiento de un electricista especializado que indicará cuál es el término de potencia ideal para el negocio o empresa.
¿Tengo una potencia superior a la que necesita mi negocio?
Si un negocio o empresa dispone de una potencia superior a la que verdaderamente necesita, el titular estará abonando en su factura de luz un precio superior del que debería por el término de potencia.
Si una vez calculado el número de kW necesarios para desarrollar, con normalidad y sin ningún tipo de anomalía, la actividad económica de la empresa, el usuario decide reducir la potencia contratada, deberá seguir los siguientes pasos:
- Solicitar la reducción de potencia a la compañía con la que tiene contratado el suministro eléctrico
- Aprobación de dicha petición por parte de la distribuidora eléctrica. Es la encargada de realizar el cambio y, por lo tanto, es quien decide si puede o no llevarse a cabo
- Aportar a la comercializadora los datos que la misma solicitará para poder hacer efectivo el cambio
- En un plazo de 15 a 20 días hábiles, el cambio habrá sido realizado
Reducir la potencia contratada es una gestión que conlleva un coste para el titular. El importe a abonar será de 10.94 € (IVA incluido) y se pagará a la distribuidora eléctrica a través de la factura de luz bajo el concepto de derechos de enganche.
¿Tengo una potencia inferior a la necesaria?
Si, por el contrario, la potencia contratada es inferior a la necesaria, deberá realizarse un aumento de potencia. Para ello, el cliente, titular del contrato de luz de la pyme, debe ponerse en contacto con su comercializadora y seguir los siguientes pasos:
- Solicitar aumento de potencia a la compañía
- Esperar la aprobación por parte de la distribuidora eléctrica de la zona
- Aportar los documentos requeridos por la comercializadora
- Abonar el coste correspondiente por la modificación de potencia
Subir la potencia eléctrica de una empresa también supone un coste, y en este caso, será superior al de reducir el número de kilovatios. El importe a abonar dependerá de los kW que se quiera aumentar y se abonará en la factura de luz bajo el concepto de:
Derechos | Importe (IVA incluido) |
---|---|
Extensión | 21.02 €/kW |
Acceso | 23.84 €/kW |
Enganche | 10.94 €/kW |
Aumentar la potencia contratada puede conllevar el cambio de tarifa de acceso y la necesidad de instalar un maxímetro en la instalación, sustituyendo el contador de luz. Esto, a su vez, puede suponer un coste superior al cliente.
¿Cómo se factura la potencia contratada de un negocio?
La potencia contratada aparece reflejada en la factura de luz de una empresa bajo el término de potencia. Este término aparece en todos y cada uno de los recibos y se calcula de la siguiente manera:
Negocios con una potencia contratada de hasta 15 kW
En este caso, el término de potencia se halla multiplicando el número de kilovatios contratados por el precio de la potencia determinado previamente, antes de la firma del contrato, por la comercializadora.
Negocios con una potencia contratada superior a 15 kW
Para calcular el término de potencia en los puntos de suministro con una potencia superior a 15 kW y una tarifa 3.0TD, se deben tener en cuenta distintos elementos:
- Potencia contratada
- Potencia demandada
- 3 periodos horarios y 3 precios para la potencia (horas punta, valle y supervalle)
Así, en estos casos no solo se puede tener en cuenta la potencia contratada, sino que también se debe tener presente la potencia demandada, que puede ser inferior, igual o superior a la potencia contratada.
En la factura de luz, aparecerá reflejada la potencia contratada y demandada en cada uno de los periodos horarios y junto a estas, aparecerá el coste a abonar. Para hallar el importe de la potencia, se deben tener en cuenta las reglas de facturación del maxímetro, ya que los puntos de suministro con una potencia superior a 15 kW disponen de maxímetro y no de contador de luz.
Para entender mejor estos datos, podemos ver la factura de un punto de suministro con una tarifa de acceso 3.0 y una potencia contratada de:
- P1 (horas punta): 80 kW
- P2 (horas valle): 80 kW
- P3 (horas supervalle): 15 kW
Tal y como se puede apreciar, en ninguno de los periodos horarios la potencia demandada supera a la potencia contratada. Si esto ocurre, de manera uniforme, en todas y cada una de las facturas de luz, el usuario puede reducir la potencia eléctrica de su negocio sin temor a abonar penalizaciones económicas.
Si la instalación cuenta con maxímetro, el cliente no sufrirá cortes de luz si se supera la potencia contratada, pero sí tendrá que abonar una penalización económica en su factura de luz, siempre que la potencia demandada supere el 105% de la contratada.