Requisitos para cambiar la titularidad de la luz paso a paso

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Para cambiar el titular de la luz necesitas cumplir una serie de requisitos y aportar la documentación necesaria según sea tu situación.

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¿Cómo hacer un cambio de titular de la luz? Requisitos

Para hacer un cambio de titular, las compañías de luz piden la siguiente información:

  • Nombre y apellidos del titular anterior
  • Nombre, apellidos y DNI del nuevo titular
  • Código Universal de Punto de Suministro (CUPS)
  • Copia de la escritura de la casa o contrato de alquiler (cuando sea necesario)
  • Certificado de defunción (cuando sea necesario)
  • Dirección exacta del punto de suministro eléctrico
  • Número de domiciliación bancaria

Ponte en contacto con la comercializadora con la que tengas contratada tu tarifa de luz y, aportando estos datos, podrán hacerte el cambio de titular. Muchas compañías imponen entre sus requisitos para cambiar de nombre el recibo de luz que, obligatoriamente, el nuevo titular sea quién lleve a cabo este trámite.

¿Cuánto se tarda en hacer un cambio de titular de la luz?

El cambio de titular de la luz suele hacerse efectivo entre 1 y 20 días laborales, aunque tu comercializadora te podrá dar una mejor aproximación. Este plazo es aplicable al cambio de titularidad bajo cualquier situación.

Una vez hayas realizado el cambio de nombre de la luz, te llegará la última factura a nombre del anterior titular que indica que se ha finalizado ese periodo de facturación y comienza un nuevo periodo con la nueva titularidad.

¿Cuánto cuesta el cambio de titular en la luz?

El cambio de titularidad de la luz es un trámite completamente gratuito y que puedes realizar las veces que desees sin ningún límite al año.

Sin embargo, si el titular quiere hacer algún cambio sobre el contrato (contratar otra tarifa, cambiar la potencia contratada, etc.), se pueden aplicar costes adicionales por permanencias. En ese caso, los costes derivados se aplicarán en la primera factura tras el cambio.

¿Cuándo es necesario cambiar el titular del contrato de luz?

El titular del contrato es la persona que figura legalmente como responsable de un suministro eléctrico y es, por tanto, responsable de abonar las facturas de luz y asumir las posibles deudas que puedan existir. Por esta razón es muy importante que la luz esté a nombre de la persona correcta.

Un cambio de titularidad de la luz se suele hacer por:

  • Cambio de titular por alquiler o compraventa de un inmueble
  • Cambio de titular por fallecimiento
  • Cambio de titular por divorcio

Cambio de titular por compraventa o alquiler

Cuando se produce el alquiler o compra de un inmueble, en el que el suministro eléctrico no ha sido dado de baja previamente, es recomendable solicitar un cambio de titular a nombre del arrendatario o comprador para que este figure como nuevo responsable legal del suministro. En estos casos, para realizar dicho cambio de titular, el usuario tiene que aportar a la compañía la escritura del inmueble o el contrato de alquiler.

En estos casos, el cambio de titular de la luz es muy importante ya que si se producen impagos o deudas por parte del nuevo arrendatario, el responsable será quien figure como titular aunque sea el anterior inquilino o propietario.

Si el suministro fue dado de baja, será necesario solicitar un nuevo alta de luz.

Cambio de titular por fallecimiento

Si fallece el titular de un suministro de luz es necesario cambiar el contrato y ponerlo a nombre de un familiar directo (cónyuge, padres, hijos o hermanos) o el heredero, ya que no se puede tener el contrato de la luz a nombre de un fallecido. Una vez realizado este cambio de titular por fallecimiento, se podrá cambiar de compañía de luz, elegir otra tarifa de luz, cambiar la potencia contratada o dar de baja la luz.

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Para hacer este cambio de titular por fallecimiento necesitarás aportar los mismos datos que para cualquier modificación de contrato, junto con el nombre y DNI del responsable del contrato fallecido.

Si el titular fallecido vivía en un inmueble alquilado, el cambio de titular deberá hacerse al propietario de dicha vivienda.

Cambio de titular por divorcio

El cambio de titular por divorcio se puede dar por diferentes situaciones.

  1. Si uno de los cónyuges va a seguir haciendo uso de la vivienda, será su nombre el que deberá figurar en el contrato.
  2. Si ninguno de los cónyuges va a habitar la vivienda y, en su lugar, el inmueble va a ser vendido o alquilado. En este caso, se deberá hacer un cambio de titular de luz a nombre del nuevo propietario o inquilino.
  3. Si la vivienda va a pasar un tiempo sin ser habitada, es recomendable dar de baja la luz y el resto de suministros

En cualquiera de los casos, para realizar el cambio de titularidad se requerirán los mismos datos que en los casos anteriores.

¿Se puede hacer un cambio de titular de la luz sin consentimiento?

Sí, siempre que disponga de la documentación y los datos necesarios para hacerlo, como los datos del anterior titular o el contrato de compraventa o alquiler de la vivienda.

Lo más importante será tener delante una factura anterior para tener todos los datos que nos vaya a pedir la comercializadora.

¿Puedo cambiar el titular del contrato de luz si existe una deuda?

Cuando existe una deuda previa en un contrato de luz y queremos hacer un cambio de titular, podemos contemplar tres escenarios:

  1. Se solicita el cambio de titular de la luz con una deuda previa con motivo de una compraventa o alquiler de la vivienda. En este caso deberemos presentar el contrato que demuestre que el nuevo titular no habitaba en el inmueble cuando se contrajo la deuda.
  2. En caso de no poder demostrar que el nuevo titular no habitaba el inmueble cuando se produjo la deuda, se tendrán que dar de baja los suministros y volver a dar de alta. En algunos casos, si el coste de dar de alta de nuevo la luz es superior que la deuda, el nuevo titular se hace cargo de la deuda.

  3. El titular que contrajo la deuda ha fallecido. En este caso, al hacer el cambio de titular a un familiar directo también se hereda la deuda.

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¿Qué es un cambio de titularidad sin subrogación?

¿Qué es un cambio de titularidad sin subrogación?

Cuando se realiza un cambio de titular de la luz por subrogación significa que el nuevo titular adquiere las mismas condiciones que el anterior responsable del contrato; sin embargo, si el cambio de titularidad se hace sin subrogación, el nuevo titular se desliga de las anteriores condiciones pactadas, así como de las deudas que hayan podido ser contraídas por el anterior titular.

¿Quién tiene que hacer el cambio de titularidad de la luz?

El cambio de titular de la luz deberá hacerlo el que será el nuevo responsable del contrato de suministros.

¿Con qué comercializadora quieres hacer un cambio de titular?