Cambio titular luz (gratis): cómo cambiar la luz a mi nombre

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Cambiar de titular la luz es un trámite gratuito por el cual se transmite la responsabilidad sobre un suministro eléctrico a otra persona, que será la responsable del pago de las facturas así como de las posibles deudas que puedan producirse.


¿Cómo cambiar el titular del contrato de luz? Documentación

Cambiar de nombre la luz es una gestión rápida y sencilla que en función de la comercializadora podrás hacer por teléfono, de manera presencial, vía email o a través de la oficina virtual. Por tanto, deberás ponerte en contacto con la comercializadora, con la que está suscrito el contrato, a través de los canales autorizados por la compañía:

A la hora de llevar a cabo este tramite, el usuario debe aportar una serie de documentos a su comercializadora. Entre la documentación necesaria para realizar el cambio de titular de la luz encontramos la siguiente:

  • Nombre y apellidos del titular anterior
  • Nombre, apellidos y DNI del nuevo titular
  • Código Universal de Punto de Suministro (CUPS)
  • Copia de la escritura de la casa o contrato de alquiler (cuando sea necesario)
  • Dirección exacta del punto de suministro eléctrico
  • Número de domiciliación bancaria

Algunas compañías imponen entre sus requisitos para cambiar de nombre el recibo de luz que, obligatoriamente, el nuevo titular sea quién lleve a cabo este trámite.

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¿Qué plazo tiene y cuánto cuesta cambiar de titular la luz?

El cambio de titular de luz es una gestión totalmente gratuita que se hace efectiva en un plazo de 1 a 20 días. Este periodo de tiempo variará en función de la compañía con la que ejecute el trámite.

Al realizar un cambio de titular del suministro eléctrico, el antiguo titular recibirá una última factura con el importe correspondiente hasta la fecha en que se ha hecho efectivo el cambio de nombre del contrato de luz.

Podrás solicitar un cambio de titular tantas veces como lo necesites o desees, sin ningún tipo de limitación ni coste.

¿Cuándo es necesario cambiar el titular del contrato de luz?

El titular del contrato es la persona que figura legalmente como responsable de un suministro eléctrico y es, por tanto, responsable de abonar los facturas de luz y asumir las posibles deudas que puedan existir. Por tanto, el cambio de titular es un trámite, sin corte de luz, por el que se transmite la responsabilidad legal sobre un suministro a otra persona. Los motivos principales por los que llevar cabo esta gestión son:

  • Cambio de titular por alquiler o compraventa de un inmueble
  • Cambio de titular por fallecimiento
  • Cambio de titular por divorcio

No cambiar el nombre de la luz cuando la situación lo requiere puede conllevar problemas para el titular, ya que tendrá que responder ante posibles impagos de las facturas.

Cambio de titular por compraventa o alquiler

Cuando se produce el alquiler o compra de un inmueble, en el que el suministro eléctrico no ha sido dado de baja previamente, es recomendable solicitar un cambio de titular a nombre del arrendatario o comprador para que este figure como nuevo responsable legal del suministro. En estos casos, para realizar dicho cambio de titular, el usuario tiene que aportar a la compañía la escritura del inmueble o el contrato de alquiler.

Si el suministro fue dado de baja, será necesario solicitar un nuevo alta de luz.

Cuando un usuario entra a una vivienda de alquiler o de segunda ocupación, es recomendable anotar cuál es la lectura del contador en el momento de acceso para corroborar que no te cobran ese consumo en tu primera factura de luz.

Si vas a irte a un nuevo hogar y no sabes que hacer con los contratos de luz y gas de tu antigua vivienda, te explicamos qué hacer con los suministros cuando te mudas.

Cambio de titular por fallecimiento

Si el titular del contrato de luz fallece, la responsabilidad sobre el suministro pasará a una familiar directo (cónyuge, padres, hijos o hermanos) o a un heredero, que deberá encargarse de los suminsitros tanto si reside en la misma vivienda como si no. Con posterioridad a llevar a cabo el cambio de titular por fallecimiento, podrá dar de baja el contrato de luz si lo desea.

Cambio de titular por divorcio

En caso de separación o divorcio, el cambio de titular deberá ser solicitado por el cónyuge que permanece en la vivienda, siempre que el contrato no estuviera ya a su nombre.

¿Cambio de titular o cambio del número de domiciliación bancaria?

Los usuarios que lo deseen pueden solicitar la modificación de la cuenta de domiciliación bancaria sin cambiar el titular del contrato de luz. Por ejemplo, en un piso de alquiler el propietario podría optar por mantener el contrato de luz a su nombre, modificando únicamente el número de cuenta dónde se debe domiciliar el cobro de las facturas.

Esta no es, sin embargo, una opción aconsejable, ya que si el inquilino contrae una deuda por impago será el propietario, como titular del mismo, el responsable de liquidar los pagos pendientes con la comercializadora.

Además, si no eres el titular del suministro eléctrico, no podrás realizar modificaciones en el contrato de luz (subir o bajar potencia, cambiar de comercializadora de luz, de tarifa...) sin la autorización del titular, quien podría negarse.

¿Puedo cambiar el titular del contrato de luz si existe una deuda?

Cuando existe una deuda por impago sobre un suministro eléctrico, será necesario gestionar el cambio de titular con mucha precaución para que la obligación de pago no recaiga sobre el nuevo inquilino. En estos casos, podremos proceder de dos maneras:

  1. Traspaso de titularidad sin subrogación de deuda: el nuevo inquilino podrá desvincularse de la deuda presentando una copia del contrato de compraventa o alquiler que verifique que no ocupaba la vivienda en el momento en el que se contrajo la deuda
  2. Transmisión de la titularidad con subrogación de deuda: si el inquilino no puede probar que la deuda no es suya con nigún documento, entonces tendrá que hacerse cargo de ella.
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