¿Cómo hacer un cambio de titular de luz? Casos y requisitos

Actualizado a
min de lectura

 

¿Por qué quieres hacer un cambio de titular?

 

Dependiendo de la situación por la que desees realizar un cambio de titular de la luz (fallecimiento, alquiler o compraventa, divorcio o separación) siempre será el nuevo titular quien deba solicitarlo. Esta modificación se puede realizar online, por teléfono o de forma presencial en las oficinas de la comercializadora.

El cambio de titular cuenta con dos modalidades:

  • Cambio de titular por traspaso: se modifica el responsable del suminitro y la tarifa contratada. Además, el nuevo titular se desliga de las obligaciones o deudas del anterior.
  • Cambio de titular por subrogación: se modifica el titular pero la tarifa se mantiene. En este caso, el nuevo titular hereda las obligaciones del anterior, incluyendo las posibles deudas. Aunque en esta situación, el nuevo titular podrá desligarse de las deudas presentando la documentación pertinente. Por ejemplo, en caso de alquiler, deberá aportar el contrato para verificar que no residía en el inmueble en el momento de generación de la deuda.

Gestión gratuita

¿Cómo quieres tramitarlo?

Asesor independiente

Gestión gratuita

¿Cómo quieres tramitarlo?

Asesor independiente

Requisitos para hacer un cambio de titular de la luz por fallecimiento

Los requisitos para realizar un cambio de titular por fallecimiento pueden variar según la comercializadora, pero con carácter general se solicitará la siguiente documentación.

  • Certificado de defunción del anterior titular
  • Datos del nuevo titular: nombre y apellidos, NIF, e-mail y teléfono de contacto
  • Dirección del punto de suministro o número CUPS
  • IBAN de la cuenta bancaria en la que domiciliar los pagos

En caso de fallecimiento del titular del contrato, las dos opciones a llevar a cabo con el suministro es darlo de baja (si el inmueble va estar un tiempo sin ser habitado) o hacer el cambio de titular. En caso de dar de baja la luz, además del certificado de defunción se requiere un certificado de titularidad del inmueble y volver a dar de alta la luz tendrá unos costes asociados.

Si el titular fallecido vivía en un inmueble alquilado, el cambio de titular deberá hacerse al propietario de dicha vivienda. Para conocer más detalles sobre el proceso, puedes verlo en nuestra guía de cambio de titular por fallecimiento.

¿Qué documentación necesito para cambiar la titularidad de la luz por alquiler o compraventa?

Para hacer un cambio de titular por compraventa o alquiler de un inmueble, estos son los documentos que solicitará la compañia:

  • Datos del nuevo titular del suministro
  • Datos del anterior titular (nombre completo y DNI)
  • CUPS o dirección exacta del punto de suministro
  • Copia de la escritura del inmueble, en caso de compraventa o, en caso de alquier, algunas comercializadoras pueden solicitar el contrato de alquiler
  • IBAN de la cuenta bancaria

En caso de alquiler, ¿es recomendable cambiar el titular del contrato?

Sí. Siempre es aconsejable en estos casos, realizar la modificación del titular ya que será el responsable del pago de los recibos y, en caso de producirse, de las deudas generadas.

Requisitos para cambiar el titular de la luz por divorcio o separación

El cambio de titular por divorcio se puede dar por diferentes situaciones.

  • Si uno de los cónyuges va a seguir haciendo uso de la vivienda, será su nombre el que deberá figurar en el contrato.
  • Si ninguno de los cónyuges va a habitar la vivienda y, en su lugar, el inmueble va a ser vendido o alquilado. En este caso, se deberá hacer un cambio de titular de luz a nombre del nuevo propietario o inquilino.
  • Si la vivienda va a pasar un tiempo sin ser habitada, es recomendable dar de baja la luz y el resto de suministros

Dependiendo de la situación de divorcio o separación, para hacer el cambio de titularidad se pedirá esta documentación:

  • Datos del antiguo y del nuevo titular (nombre completo y DNI)
  • Sentencia de divorcio o documento que certifique el usufructo de la vivienda por el nuevo titular (esto se suele requerir en caso de deuda)
  • CUPS o dirección exacta del punto de suministro
  • IBAN de la cuenta bancaria

¿Cuánto tarda en ser efectivo el cambio de titular de la luz?

El cambio de titular de la luz suele hacerse efectivo entre 1 y 20 días laborales, aunque depende de la situación del usuario y de los plazos de la comercializadora.

Una vez hayas realizado el cambio de nombre de la luz, te llegará la última factura a nombre del anterior titular que indica que se ha finalizado ese periodo de facturación y comienza un nuevo periodo con la nueva titularidad.

¿Cuánto cuesta cambiar el responsable del contrato de la luz?

El cambio de titularidad de la luz es un trámite completamente gratuito y que puedes realizar las veces que desees sin ningún límite al año.

Sin embargo, si al realizar el cambio de titularidad, el nuevo responsable quiere hacer algún cambio sobre el contrato (contratar otra tarifa, cambiar la potencia contratada, etc.), estas gestiones sí pueden llevar un coste asociado.

Problemas y preguntas frecuentes sobre el cambio de titular de la luz

¿Me puedo quedar sin suministro al cambiar de titular?

No. El cambio de titular es un trámite sencillo que no afecta al suministro.

¿Puedo hacer un cambio de titular si existe deuda? ¿La hereda el nuevo titular?

Si se hace un cambio de titular por traspaso, el nuevo titular no hereda las responsabilidades del anterior pero si se trata de un cambio de titular por subrogación, sí.

¿Por qué me siguen llegando facturas a nombre del anterior titular?

Cuando se realiza el cambio de titular se recibirá una última factura a nombre del anterior responsable que indica, además, el fin de ese periodo de facturación.

¿El titular del contrato tiene que ser el titular de la cuenta bancaria?

No, aunque es lo recomendable.

¿Se puede hacer un cambio de titular sin consentimiento?

Sí, siempre que disponga de la documentación y la información necesaria para hacerlo, como los datos del anterior titular o el contrato de compraventa o alquiler de la vivienda.

Lo más importante será tener delante una factura anterior para contar con todos los datos que nos pueda solicitar la comercializadora.

¿Si cambio de titular pierdo el bono social?

Sí, ya que el bono social eléctrico se aplica según la condiciones de la unidad familiar y la renta del solicitante. Si las condiciones cambian, el titular deberá notificarlo.