Tramos de potencia normalizada: tabla anterior y actual
Los tramos de potencia normalizada dejaron de existir en 2018. Hasta ese año, las potencias debían contratarse según unos tramos establecidos pero a partir del cambio de sistema, cualquier hogar puede contratar la potencia que desee en tramos de 0,1 kW.
Ajusta tu potencia eléctrica
Cada kilovatio de potencia supone un coste fijo de 60 € anuales en la factura de luz. No pagues de más. Habla con un experto y contrata la potencia que realmente necesitas ya que solo se puede modificar una vez al año.
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¿Cómo eran los tramos de potencia normalizada?
A partir de 2018, los tramos de potencia se modificaron, permitiendo que los usuarios pudiesen cambiar su potencia en múltiplos de 0,1 kW. Sin embargo, antes de estas potencias normalizadas, era necesario seguir los siguientes tramos de potencia haciendo distinción entre las potencias monofásicas y las potencias trifásicas (normalmente, aquellas instalaciones que utilizan más de 15 kW de potencia).
Instalación Monofásica | Instalación Trifásica |
---|---|
1.15 kW | 3.464 kW |
2.3 kW | 6.928 kW |
3.45 kW | 10.392 kW |
4.6 kW | 13.856 kW |
5.75 kW | 17.321 kW |
6.9 kW | 20.785 kW |
8.05 kW | 24.249 kW |
9.2 kW | 27.713 kW |
10.35 kW | 31.177 kW |
11.5 kW | 34.641 kW |
14.49 kW | 43.648 kW |
La principal diferencia con el sistema actual es que, aunque ahora existe mayor flexibilidad a la hora de elegir la potencia contratada, ya no es posible optar por potencias con dos decimales como ocurría en los tramos de antes.
¿Cuál es la diferencia entre potencias monofásicas y potencias trifásicas?
- Instalación eléctrica monofásica: las instalaciones monofásicas son aquellas en las la electricidad circulan por una única corriente alterna.
- Instalación eléctrica trifásica: las instalaciones trifásicas son aquellas que están divididas en tres corrientes alternas por las que circula la electricidad.
¿Cómo calcular la potencia contratada normalizada que necesito?
Calculadora online
No contrates más potencia de la que necesitas
Como hemos señalado anteriormente, es muy importante calcular bien qué potencia normalizada necesitamos contratar en nuestro hogar.
Así, existen las siguientes formas para calcular la potencia eléctrica más adecuada para la vivienda:
- Utilizar una calculadora de potencia que nos ayudará a estimar la potencia eléctrica normalizada que debemos contratar en el hogar.
- Contratar a un electricista autorizado que para que se encargue de revisar todos los aparatos eléctricos y determinar cuál es la potencia eléctrica más adecuada para la vivienda.
- Enchufar manualmente cada uno de los aparatos eléctricos del hogar y registrar la potencia eléctrica que utiliza cada uno.
¿Cómo cambiar la potencia normalizada?
Una vez que hayamos calculado y decidido qué potencia normalizada queremos contratar, debemos ponernos en contacto con nuestra comercializadora eléctrica, tanto si necesitamos aumentar como si queremos disminuir la potencia contratada. Tammbién lo podemos gestionar a través de Selectra, que se encargarán de realizar el trámite de forma gratuita.
¿Necesitas ayuda para optimizar tu potencia?
Llámanos y habla con un especialista.
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Será necesario aportar la siguiente información:
- Datos persoanles de la persona titular del suministro eléctrico de la vivienda.
- Dirección exacta de dicha vivienda, es decir, del punto de suministro.
- Potencia eléctrica anterior y potencia normalizada nueva que se desea contratar.
- Código CUPS.
- Cuenta bancaria del titular de la luz para realizar la domiciliación de los pagos.
- Boletín Eléctrico, en determinadas situaciones si queremos aumentar la potencia contratada.
Una vez que el usuario haya aportado toda esta información, el cambio de potencia contratada no será inmediato. Así, para que éste se haga efectivo deberá pasar un plazo de 1 a 5 días hábiles. Llegará una última factura de la luz con la potencia eléctrica anterior, correspondiente al periodo de facturación previo a la solicitud del cambio de potencia contratada.
¿Qué es el Boletín Eléctrico?
El Boletín Eléctrico o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) es un documento que especifica si la instalación eléctrica de una vivienda cumple todos los requisitos necesarios para poder tener un suministro eléctrico.
Como hemos visto anteriormente este Boletín Eléctrico, que debe ser realizado por un instalador eléctrico autorizado, es necesario cuando queremos aumentar la potencia contratada normalizada en dos casos:
- Si la potencia normalizada que queremos aumentar supera la permitida por la instalación, que vendrá refejada en el Boletín Eléctrico.
- Cuando la instalación eléctrica tenga más de 20 años.
Este documento tiene una caducidad de 20 años. Una vez transcurrido ese tiempo, el usuario deberá solicitar un nuevo Boletín.
¿Cuánto cuesta modificar la potencia contratada?
Realizar un cambio en la potencia contratada normalizada que tengamos en nuestro hogar, es un trámite que conlleva un coste para el consumidor.
Este coste, sin embargo, no es siempre el mismo sino que variará dependiendo de si queremos aumentar la potencia contratada o si queremos disminuirla.
El coste por aumentar o bajar la potencia contratada se paga a la compañía distribuidora, y se abonará en la siguiente factura de la luz. Además, en caso de no tratarse de una vivienda con contador digital, un técnico deberá acudir a la vivienda para ajustar la potencia eléctrica en el ICP. Para las viviendas con contador digital, la distribuidora realizará el cambio de forma telemática.
Es importante señalar que solo se puede realizar un cambio de potencia normalizada una vez al año, independientemente de si queremos aumentar o disminuir la potencia eléctrica que tengamos contratada.
¿Cuánto cuesta aumentar la potencia contratada normalizada?
Los clientes que quieran aumentar la potencia contratada tendrán que pagar un coste que se divide en tres conceptos.
- Derechos de extensión: 17,37 €/kW + IVA.
- Derechos de enganche: 9,04 € + IVA.
- Derechos de acceso: 19,70 €/kW + IVA.
¿Cuánto cuesta reducir la potencia contratada normalizada?
En el caso de aquellos clientes que deseen realizar la operación inversa, es decir, reducir la potencia contratada normalizada, deberán afrontar un importe menor.
En este caso, solo habrá que pagar el importe correspondiente a los derechos de enganche, es decir, 9,04€ + IVA.