Bono Social Eléctrico: requisitos para solicitarlo y cuantía

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Bono Social eléctrico

El Bono Social de la luz, también conocido como Bono Social Eléctrico, es un descuento en la factura de la luz que creó el Gobierno en 2009 con el objetivo de proteger a los consumidores más vulnerables.

¿Quién tiene acceso al Bono Social de luz?

Puede solicitar el Bono Social eléctrico las familias que cumplan con estas características:

  • Deben tener contratada la tarifa regulada de la luz (PVPC).
  • Tener una potencia contratada no superior a 10kW.
  • La ayuda solicitada será para la vivienda principal, no para segundas residencias.
  • La persona que solicite el Bono Social de luz deberá ser el titular del contrato del suministro.
  • Ser condiderado consumidor vulnerable.

¿Qué consumidores se consideran vulnerables?

El Bono Social eléctrico establece tres niveles de vulnerabilidad, y la pertenencia a uno u otro depende de las siguientes condiciones familiares o de renta:

Bono Social Consumidores Vulnerables
Condición beneficiariosUmbral de rentaCondiciones Especiales
Familia sin menores

12.600 €

21.000 €

Con 1 menor

16.800 €

25.200 €

Con 2 menores

21.000 €

29.400 €

Familia numerosa

Independiente

Independiente

Pensionistas

Independiente

Independiente

Los umbrales de renta establecidos para consumidores vulnerables severos son:

Bono Social Consumidores Vulnerables Severos
Condición beneficiariosUmbral de rentaCondiciones Especiales
Familia sin menores

6.300 €

10.500 €

Familia con 1 menor

8.400 €

12.600 €

Familia con 2 menores

10.500 €

14.700 €

Familia numerosa

16.800 €

16.800 €

Pensionistas

8.400 €

8.400 €

Por último está el grupo de consumidor en riesgo de exclusión social. Para ser considerado como tal, hay que ser vulnerable severo y además recibir una ayuda del 50% de la factura de parte de la Administración Pública. Los umbrales de renta máximos fijados para este tipo de usuarios serán iguales a los aplicables a los consumidores severos.

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¿Qué se consideran condiciones especiales?

La renta máxima permitida para solicitar el Bono Social de la luz aumenta para aquellas familias que cumplan alguna de las siguientes condiciones especiales:

  1. Que cualquier miembro de la familia tenga una discapacidad igual o superior al 33%.
  2. Que cualquier miembro de la familia justifique ser víctima de violencia de género según la legislación vigente.
  3. Que cualquier miembro de la familia acredite ser víctima de terrorismo.
  4. Que cualquier miembro de la familia esté en una situación de dependencia reconocida de grado 2 o 3.
  5. Que en la familia sea monoparental y haya un menor.

Requisitos para cobrar el Bono Social eléctrico

Además de las condiciones previamente mencionadas, las familias que deseen acceder al bono social de luz tienen que cumplir los requisitos de renta anual marcados por el IPREM.

Hasta qué renta anual se puede acceder al nuevo Bono Social
Unidad familiarUmbral de rentaCondiciones especiales
Hogares con 1 adulto16.212 €/año20.265 €/año
Hogares con 2 adultos18.644 €/año22.697 €/año
Hogares con 1 adulto y 1 menor20.265 €/año24.318 €/año
Hogares con 2 adultos y 1 menor22.697 €/año26.750 €/año
Hogares con 2 adultos y 2 menores26.750 €/año30.803 €/año

Límites de consumo con el Bono Social de luz

El Bono Social eléctrico establece un límite de consumo anual en función de la unidad familiar del titular. Por tanto, la electricidad que se consuma por encima de dicho límite se cobrará al precio de la PVPC, que es el precio de la luz del mercado eléctrico.

Límites de consumo de luz del Bono Social
CondiciónLímite
Familia sin menores1.587 kWh
Familia con 1 menor2.222 kWh
Familia con 2 menores2.698 kWh
Familia numerosa4.761 kWh
Pensionistas2.221,8 kWh

Los límites de consumo fijados para los consumidores considerados en riesgo de exclusión social serán iguales a los aplicables a los consumidores vulnerables severos.

Descuentos aplicados a la factura de la luz con el Bono Social Eléctrico

Dependiendo de la condición del consumidor que solicite el Bono Social elétrico, se le aplicará un porcentaje de descuento diferente sobre el total de su factura de la luz.

  • Consumidor vulnerable: 25%
  • Consumidor vulnerable severo: 40%
  • En riesgo de exclusión social: 100%

¿Cómo puedo solicitar el Bono Social de luz?

El cliente que quiera solicitar el Bono Social de luz debe entregar los siguientes documentos a la comercializadora de referencia con la que tenga contratada el suministro de luz:

  • DNI o NIE de los miembros de la unidad familiar
  • Certificado de empadronamiento de todos los miembros
  • Fotocopia del libro de familia o del certificado de la hoja individual del registro civil

 

 

Después, dependiendo del caso, el solicitante deberá adjuntar el documento acreditativo del ingreso mínimo vital, el título de familia numerosa o la acreditación de circunstancias especiales de los servicios sociales.

Por último, se debe entregar el formulario de solicitud de Bono Social cumplimentado, correspondiente a la comercializadora regulada que corresponda en cada caso.

Formulario para el Bono Social de luz

Vías para entregar la solicitud del Bono Social Eléctrico
Comercializadora reguladaTeléfonoCorreo electrónico
Energía XXI (Endesa)800 760 333bonosocial@energiaxxi.com
Curenergía (Iberdrola)900 200 708bonosocial@curenergia.es
Régsiti900 101 005bono-social@regsiti.com
Baser Cor900 902 947bonosocial@basercor.es
Gas & Power (Naturgy)900 100 283bonosocial@comercializadoraregulada.es
Teramelcor800 007 943bonosocial@teramelcor.es
Energía Ceuta XXI900 106 004bonosocial@energiaceutaxxi.es

Una vez realizada la solicitud del Bono Social Eléctrico, la comercializadora de referencia debe responder en un plazo de 15 días hábiles.

¿Cuándo se cobra el bono social eléctrico?

El Bono Social de luz se aplicará en la primera factura emitida pasados 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud por parte de la comercializadora de referencia. Además, dicho descuento tiene una vigencia de dos años.

Todos los consumidores beneficiarios del Bono Social eléctrico recibirán de manera automática el Bono Social Térmico. Se trata de una ayuda para todos aquellos usuarios que disponen en su vivienda de calefacción de gas.

Además, las comercializadoras no pueden cortar el suministro a las familias beneficiarias del Bono Social de la luz en las que haya, al menos, un menor de 16 años, un miembro con una discapacidad igual o superior al 33% o un miembro con grado de dependencia 2 ó 3.

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Requisitos para solicitar el Bono Social para pensionistas

Con el Bono Social de luz los pensionistas pueden recibir hasta 500 € anuales de otras fuentes. Eso hace que aquellos pensionistas que reciban intereses, aunque sean muy escasos, de la cuenta bancaria donde tienen la pensión puedan seguir disfrutando del Bono Social.

La pensión por viudedad deja de tener validez para ser beneficiario del Bono Social

Características del Bono Social de Luz para discapacitados

Antes de la actualización del Bono Social de la luz se tenían en cuenta parámetros como contratar una potencia escasa (menor a 3 kW), que todos los miembros de la unidad familiar estuvieran en desempleo o cobrasen una pensión mínima.

Actualmente se basa en los niveles de renta. Es este aspecto, si en la familia hay un miembro con una discapacidad igual o superior al 33%, podrán recibir una renta mayor y seguir optando al Bono Social.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que renovar el Bono Social de luz?

Sí. El titular deberá renovar el Bono Social 15 días hábiles antes de la finalización de su fecha de validez.

¿Tengo que pedir el Bono Social Térmico?

No, el Bono Social Térmico se otorga de manera automática a todos los beneficiarios del Bono Social de luz.