Calcula el coste del alta de luz
Coste estimado del alta de luz
IVA incluido · 17,37 €/kW extensión · 19,70 €/kW acceso · 9,04 € enganche
¿Cuánto cuesta dar de alta la luz con Iberdrola por primera vez?
Cuando solicitamos la activación del suministro en una vivienda de nueva construcción, tenemos que pagar los derechos de alta de luz en su totalidad, es decir, derechos de extensión, acceso y enganche.
¿Cómo se calculan los derechos de acceso y extensión?Derechos de acceso = (Potencia contratada × 19,70 €) + 21% IVA
Derechos de extensión = (Potencia contratada × 17,37 €) + 21% IVA
Derechos de enganche = 9,04 €
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CIE
Solicitar el Certificado de Instalación Eléctrica o Boletín Eléctrico, especificando en el mismo que se trata de una solicitud para obras.
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CUPS
Solicitar a la distribuidora un número CUPS de obra que estará vigente solo durante ese periodo.
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Alta de luz
Contratar la luz con la comercializadora.
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Ampliar plazo
Se puede solicitar la ampliación del suministro en caso de que no hayan finalizado las obras o dar el alta de luz definitiva.
¿Cuánto cuesta volver a dar de alta la luz en Iberdrola?
Los usuarios que deseen solicitar un alta de reactivación de suministro deberán comprobar si los derechos de extensión han caducado o siguen en vigor. Estos derechos caducan cuando se dio de baja la luz en la vivienda o local hace más de 3 años.
Como podemos ver en el siguiente ejemplo, si los derechos de extensión siguen vigentes y no deseamos aumentar la potencia contratada anterior, solo deberemos costear los derechos de acceso y enganche.
- Potencia contratada = 3,45 kW.
- Derechos de acceso = 67,97 €.
- Derechos de enganche = 9,04 €.
- Precio total (21% IVA) = 93,18 €.
Solicitar un alta de reactivación con aumento de potencia
En este tercer escenario, los derechos de extensión siguen vigentes, pero deseamos subir la potencia contratada con Iberdrola. Para ello, hemos de renovar los derechos de extensión para cada kilovatio (kW) aumentado.
Por ejemplo, si tenemos contratados 3,45 kW y deseamos aumentar la potencia a 4,6 kW, deberemos abonar los derechos de extensión para 1,15 kW, mientras que los derechos de acceso y enganche deberán ser pagados en su totalidad. Lo veremos de manera más clara en el siguiente cuadro:
- Potencia contratada = 3,45 kW.
- Nueva potencia = 4,6 kW.
- Potencia aumentada = 1,15 kW.
- Derechos de extensión = 19,98 €.
- Derechos de acceso = 90,62 €.
- Derechos de enganche = 9,04 €.
- Precio total (21% IVA) = 144,76 €.
Si deseas aumentar la potencia contratada por encima de la potencia máxima admisible reconocida en tu Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), además de satisfacer los derechos de verificación, deberás solicitar un nuevo boletín eléctrico.