¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética?

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El certificado energético de la vivienda es un documento que prueba la eficiencia energética del edificio o inmueble y que el propietario de la vivienda debe tener en su haber. Informa sobre el consumo de energía y las emisiones de CO2 del inmueble.

¿Qué necesitas saber sobre el Certificado de Eficiencia Energética?

¿Es lo mismo certificado que etiqueta de eficiencia energética?

No es lo mismo. La etiqueta representa el resumen visual que se obtiene una vez presentado el certificado y consta de una calificación energética de la A (la mejor) a la G (la peor).

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¿Qué necesito para solicitar el CEE?

Un certificado energético firmado por un técnico competente, rellenar la solicitud, el modelo de autorización del técnico y su declaración firmada y el DNI del técnico y del cliente. En algunas CCAA se pueden solicitar otros documentos.

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¿Cuánto cuesta el Certificado de Eficiencia Energética?

Varía según el precio que otorgue el técnico, la superficie del inmueble y de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre.

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¿Cuándo necesito el CEE?

La presentación del CEE es un requisito necesario para cualquier acción de compraventa de inmueble en España, desde el año 2013.

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¿Qué es la Etiqueta de Eficiencia Energética y qué tiene que ver con el certificado?

La etiqueta energética es un resumen visual del Certificado Energético y se obtiene una vez registrado este en el órgano competente de la comunidad autónoma que corresponda. Al igual que la certificación, la etiqueta tiene una validez de 10 años.

En la etiqueta debe figurar si se trata de una calificación energética de edificio en proyecto, terminado o existente.

  • Partes de la Etiqueta Energética
  • Datos del edificio
  • Escala de calificación energética
  • Registro y validez
etiqueta de eficiencia energetica

 Datos del edificio

Normativa vigente en el momento de la construcción del inmueble, referencia catastral (obligatoria tanto el certificado como en la etiqueta), tipo de edificio (local, edificio de viviendas, unifamiliar, etc) y ubicación.

 Escala de calificación energética

Graduación de la eficiencia energética, siendo el valor “A” el más eficiente y el “G” el menos eficiente. En la calificación se miden dos factores: el consumo de energía y las emisiones de C02.

Dependiendo de la situación geográfica del edificio este tendrá que consumir diferente cantidad de energía. Por ejemplo, en Barcelona hay que consumir menos energía que en Madrid porque el mar amortigua las temperaturas. De ahí que cada comunidad autónoma tenga un coeficiente distinto para estas métricas.

A continuación os presentamos una tabla con la media para toda España extraída de de los datos de IDAE:

Escala calificación energética: consumo energía
ClaseConsumo
AInferior a 44,6 kWh/m2/año
BInferior a 72,3 kWh/m2/año
CInferior a 112,1 kWh/m2/año
DInferior a 172,3 kWh/m2/año
EInferior a303,7 kWh/m2/año
FInferior a 382,6 kWh/m2/año
GSuperior a 382,6 kWh/m2/año

La calificación obtenida en el consumo de energía determina la energía primaria que consume el edificio, es decir, la cantidad de energía imprescindible para conseguir un confort adecuado. Esto es muy importante porque de ello dependerá la energía que gastes y por consiguiente, el precio de tus facturas de luz y gas.

A partir del 31 de diciembre de 2020 los edificios de nueva construcción deberán tener un consumo de energía casi nulo, es decir, el uso de energia primaria por parte de estos deberá ser muy bajo.

Las emisiones de C02 dependen más del tipo de energía consumida que del propio consumo, siendo las energías renovables las más eficientes en este aspecto.

Escala calificación energética: emisiones CO2
ClaseConsumo
AInferior a 10 KgCO2/m2/año
BInferior a 16,3 KgCO2/m2/año
CInferior a 25,3 KgCO2/m2/año
DInferior a 38,9 KgCO2/m2/año
EInferior a 66,0 KgCO2/m2/año
FInferior a 79,2 KgCO2/m2/año
GSuperior a 79,2 KgCO2/m2/año

 Registro y validez

En la parte inferior se indica el número de registro expedido por la comunidad autónoma y la fecha de fin de validez.

La exhibición de la tarjeta es totalmente voluntaria exceptuando estos dos casos:

  • Edificios privados con unas superficie mayor a 500m2 y que sean frecuentados por público
  • Edificios públicos con unas superficie mayor a 250m2 y que sean frecuentados por público

Este tipo de edificios tendrán que exhibir o mostrar la tarjeta en una zona visible para que el público la pueda observar.

¿Cuánto cuesta el Certificado de Eficiencia Energética?

El precio del certificado energético de una vivienda varía mucho ya que cada técnico fija el precio que considera que vale su servicio. Esto es debido a que no existen tarifas oficiales, por lo que es importante comparar entre diferentes empresas o particulares para la realización del mismo.

El precio de la certificación energética observa grandes diferencias en función de los metros cuadrados del inmueble y de la comunidad autónoma en la que se encuentre. Cuantos menos metros tenga la vivienda más barato será el certificado energético.

Existen buscadores online en los que proporcionando la superficie de tu inmueble y la población, consigues un presupuesto estimado de lo que podría costarte el certificado energético.

¿Cuándo se necesita el CEE?

Es obligatorio el certificado energético para:

  • Edificios de nueva construcción
  • Edificios que se vendan o alquilen y no tengan un certificado en vigor
  • Edificios o partes de edificios que sean usados por una entidad pública y cuya superficie sea mayor de 250 m2 y la transite el público
  • Excepciones en las que no es necesaria la obtención del certificado energético:
  • Edificios con valor cultural o histórico que por la mejora de la eficiencia energética vieran afectado su aspecto
  • Lugares religiosos
  • Construcciones temporales cuya duración sea menor a 2 años
  • Edificios industriales, agricolas y talleres
  • Edificios que midan menos de 50m2 útiles
  • Edificios en los que sean necesarias reformas de gran envergadura
  • Edificios en los que su uso sea inferior a 4 meses al año y su consumo energético menor de un 25% anual

Las viviendas o locales ubicados en un mismo edificio, tendrán una certificación de eficiencia basada, como mínimo, en un certificado único de todo el edificio o en la de una o varias viviendas o locales representativos, con una eficiencia energética parecida.

Los locales que no se encontrasen en el proyecto del edificio deberán presentar un certificado energético antes de su apertura, salvo que sean de carácter industrial.

Las viviendas unifamiliares podrán presentar un certificado de eficiencia energética basado en otro edificio con unas características y consumo muy parecidas siempre que el técnico considere que se asemejan de tal forma.

¿Cómo solicitar el Cetificado de Eficiencia Energética?

El registro del certificado energético lo hará el promotor o propietario en el órgano competente de cada comunidad autónoma. Además, será el responsable de conservar los documentos.

Para realizar la certificación y poder registrarla hay que utilizar los documentos reconocidos. Estos fueron creados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo junto al Ministerio de Fomento para facilitar el procedimiento.

Los documentos reconocidos recogen el programa informático utilizado para la calificación energética y especificaciones de la aplicación de la misma.

  • Programas de certificación energética aceptados por el Gobierno
  • LDER-CALENER (HULC)
  • CE3
  • CE3X
  • CERMA
  • CYPETHERM HE Plus
  • SG SAVE
  • Complemento CE3X

El Registro puede realizarse de forma presencial o telemática, teniendo que adjuntar al Certificado de Eficiencia Energética un documento de solicitud de registro.

El coste de la inscripción en el Registro varía según la comunidad autónoma, siendo gratuito en muchas de ellas.

A continuación, puedes consultar un ejemplo de Certificado Energético en el órgano competente de la Comunidad de Madrid, en este caso la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

El Certificado Energético tiene una validez de 10 años siendo cada comunidad autónoma la encargada de fijar las condiciones para renovarlo. El propietario o arrendatario es el responsable de su renovación pudiendo realizar este trámite voluntariamente cuando crea que ha habido un cambio relevante en la eficiencia energética de su edificio.

¿En qué consiste el CEE?

  • La certificación energética debe contener como mínimo estos datos
  • Dirección del edificio parte de este, adjuntando la referencia catastral
  • El tipo de procedimiento reconocido (programa) usado para la obtención de la certificación
  • Detalle de las condiciones energéticas del edificio (superficie, situación del edificio, instalaciones, envolvente térmica, etc)
  • Etiqueta con la calificación de la eficiencia energética
  • Recomendaciones de mejora para los edificios existentes. Estas se dividen en dos: mejoras que conllevan reformas importantes como la envolvente o instalaciones técnicas, y mejoras que se realizan mediante pequeñas reformas
  • Detalle de las comprobaciones realizadas por el técnico que ha evaluado el rendimiento energético
  • Requisitos medioambientales exigidos a las instalaciones térmicas

En el documento se incluye información para que el propietario o arrendador conozca dónde ampliar la información referida a las mejoras, pudiendo así conocer detalles como el coste de las mejoras y la rentabilidad de las mismas.

Control de los certificados de eficiencia energética

Cada comunidad autónoma es la encargada de implantar y llevar a cabo un sistema independiente de control de certificados. Para ello hará inspecciones sobre una muestra relevante de los edificios cuyas certificaciones has sido expedidas durante el año.

En este control corrobora la veracidad de los datos incluidos en el certificado. Incluye una visita al edificio con el propósito de comprobar la correlación entre lo supuesto en la certificación y las características del edificio.

Estas inspecciones son realizadas por los órganos competentes de cada comunidad autónoma, pudiendo estos delegar en técnicos habilitados para este fin.

Si la calificación de este control es distinta a la expedida inicialmente por diferencias en lo previamente detallado, se notificará al propietario las causas de esta disparidad y se le proporcionará un tiempo para su corrección.

En el caso de que se produzca una infracción en esta materia, se procederá a una sanción regulada por la Ley 8/2013, de 26 de junio, sobre rehabilitación y renovación urbanas. El importe de esta sanción puede ser de entre 300 y 6.000€.

Preguntas frecuentes sobre el CEE

¿Cuánto dura el Certificado de Eficiencia Energética?

Tiene una validez de 10 años. Pasado este tiempo, será necesario renovarlo.

¿Las comunidades de vecinos tienen que presentar un CEE conjunto?

Aunque no es necesario, sí puede ser beneficioso ya que pueden ahorrar costes ya que será más barato realizar el CEE del edifico que solicitar uno por vivienda.

Para obtener el CEE, ¿el inmueble debe tener una calificación energética mínima?

No. Solo es necesario obtenerla pero no debe cumplir ningún mínimo. No obstante, el técnico encargado ofrecerá unas medidas de mejora que el propietario decidirá si llevar a cabo o no.

¿Los edificios deben exhibir el CEE?

No, a no ser que se trate de locales públicos o comerciales.