¿Cómo me afectan los nuevos peajes de acceso de gas?
Las tarifas de acceso de gas natural son un importe regulado por el Gobierno que todos los usuarios que dispongan de este suministro tienen que pagar en sus facturas de gas. ¿Qué implica el cambio en la normativa de 2021? Te lo contamos a continuación.
Cambios en los peajes de acceso en las tarifas de gas natural
Desde octubre de 2021 ha entrado en vigor la totalidad de la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que recoge toda la información sobre los nuevos peajes de acceso del gas natural. Con esta nueva normativa, ha cambiado la metodología para calcular los precios de los peajes de acceso de gas y se ha determinado un nuevo coste en la factura denominado cargos del sistema.
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- Los peajes son las contribuciones de los usuarios destinadas a cubrir las actividades de regasificación, transporte y distribución del gas.
- Los cargos del sistema son las aportaciones de los consumidores destinadas a financiar los costes no vinculados al uso de las instalaciones.
El motivo del cambio en la normativa de los peajes de acceso de gas es adaptarse a las exigencias de la Comunidad Europea (establecidas en las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural).
Cambio en la metodología de cálculo
Con el cambio del cálculo del coste de los peajes y los cargos del sistema, la CNMC estima que los consumidores podrán ahorrar hasta un 25% en estos costes regulados.
El 1 de octubre de 2020 cambió la metodología de cálculo de los peajes de regasificación y ahora ha cambiado la metodología para la determinación de los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y otros costes de regasificación.
El cambio más llamativo es el relativo a los peajes de acceso a las redes locales, que con el objetivo de personalizar los peajes al consumo de cada usuario se han creado diferentes grupos tarifarios.
Peaje de Red Local (RL) | Consumo anual |
---|---|
RL.1 | Hasta 5.000 kWh |
RL.2 | Hasta 15.000 kWh |
RL.3 | Hasta 50.000 kWh |
RL.4 | Hasta 300.000 kWh |
Para clasificar los suministros (en función de los grupos tarifarios anteriormente señalados) por primera vez, se tendrá en cuenta el consumo registrado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021. En caso de ser un nuevo suministro, el escalón se determinará en función del consumo previsto.
Definición de nuevo año gasista
El cambio de normativa también conllevará cambios sobre la determinación del año gasista, que dejará de coincidir con el año natural (1 de enero a 31 de diciembre) y pasará a ser del 1 de octubre al 30 de septiembre.
Preguntas sobre las nuevas tarifas de gas
¿Cuándo se aplican los nuevos peajes de acceso de gas?
La nueva normativa entra en vigor el 1 de octubre de 2021 pero las comercializadoras tendrán de plazo hasta el 30 de noviembre para aplicar dichos cambios.
Además, las compañías están obligadas a informar a sus clientes de la nueva estructura de los peajes de acceso de gas 3 meses antes de su aplicación y deberán desglosar en sus facturas la cuantía correspondiente a los peajes y cargos.
¿Cuáles son las principales novedades con las nuevas tarifas de gas?
Desaparecen las tarifas antiguas y se van a crear nuevas tarifas de acceso que van a ser determinadas únicamente por el consumo del punto de suministro. Para ello, las distribuidoras considerarán el consumo registrado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.
¿Voy a pagar más en mi factura con los nuevos peajes de gas?
No. Los nuevos peajes han supuesto una subida en la parte regulada del término fijo y una bajada en el término variable. Esto supone, en la mayoría de los clientes, una bajada en su factura mensual.
¿Cómo afecta el cambio de peajes a lo que ya tengo contratado?
Nada, seguirás manteniendo el mismo producto que tienes contratado, y simplemente se te actualizará tu Tarifa de Acceso y los precios acorde a los nuevos peajes y cargos.
¿Cómo se me va a facturar el cambio en las tarifas de gas?
Recibirás 2 facturas, una factura con los consumos hasta el 30 de septiembte y con la tarifa antigua, y otra factura con los consumos a partir del 1 de octubre y con la nueva tarifa de gas.
¿Dónde puedo ver en mi facturas los cambios aplicados?
En la factura, verás 3 cambios reflejados:
- El precio estará actualizado acorde a los nuevos costes regulados
- En la parte de ATR verá los nuevos peajes y cargos
- En la tarifa de acceso aparecerá tu nueva tarifa tras el 1 de octubre
¿Qué es el peaje de acceso en la factura del gas?
Los peajes de acceso o tarifas de acceso de gas son una cuantía que todos los consumidores tienen que pagar en cada factura para cubrir los gastos que genera el sistema gasista.
Este importe es regulado por el Gobierno y la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) y se aplica tanto en el término fijo como en el término variable de tu factura. La cuantía del peaje de acceso de gas variará en función de la tarifa que te corresponda, que será determinada por tu consumo anual.
Dependiendo de tu comercializadora, podrás encontrar este importe en tu factura reflejado en concepto de Peaje de acceso, Tarifa de acceso o ATR (Acceso de Terceros a la Red).
¿De qué costes se compone el peaje de acceso de gas?
Los peajes de acceso del gas incluyen los costes destinados a cubrir los procesos de transporte, distribución, almacenamiento y regasificación de gas natural. Estos costes también se denominan peajes y se engloban dentro del término genérico ‘peaje de acceso del gas natural’.
De esta forma, la cuantía del peaje de acceso del gas natural está formada por el coste de los siguientes peajes y gastos:
- Peaje de acceso a las redes de transporte
- Peaje de acceso a las redes locales
- Peaje de acceso a las instalaciones de regasificación
- Cánones de acceso a los almacenamientos subterráneos
- Cargos del sistema
Con la entrada en vigor de las nuevas tarifas de gas (octubre de 2021), los cargos del sistema han dejado de formar parte del precio del peaje de acceso del gas y se cobrarán en la factura por separado. Así, hay que pagar en cada recibo el peaje de acceso de gas natural + cargos del sistema.
La CNMC es la encargada de regular el precio de los distintos peajes de acceso, mientras que el Gobierno, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, regula los cánones por los almacenamientos subterráneos y los cargos del sistema. Los precios de los distintos peajes serán publicados anualmente en el BOE de mano de la CNMC.
¿Cuáles son las antiguas tarifas de acceso de gas?
Antes del cambio de normativa, las tarifas de acceso del gas natural eran determinadas por el consumo anual y la presión recibida en el punto de suministro (para uso doméstico y pequeñas empresas siempre será de hasta 4 bares). Por tanto, centrándonos en el consumo anual:
Tarifa de acceso | Consumo anual |
---|---|
3.1 | Hasta 5.000 kWh |
3.2 | Hasta 50.000 kWh |
3.3 | Hasta 100.000 kWh |
3.4 | Más de 100.000 kWh |
Normalmente, las tarifas 3.1 y 3.2 (TUR 1 y TUR 2 en el mercado regulado) se empleaban para uso doméstico mientras que la 3.3 y 3.4 se utilizaban en comunidades de vecinos y empresas:
- Tarifa 3.1: para viviendas que utilizaban el gas natural para la cocina y el Agua Corriente Sanitaria (ACS)
- Tarifa 3.2: para hogares que además de la cocina y ACS, utilizaban el gas natural para la calefacción
- Tarifa 3.3: para pymes o comunidades de vecinos
- Tarifa 3.4: habitual en grandes empresas o comunidades de vecinos con un equipamiento de gran consumo
La tarifa de acceso de cada cliente era determinada por la distribuidora, que a partir del consumo anual del año anterior aplicaba una tarifa u otra. Para viviendas nuevas en las que no existía un registro previo del consumo la distribuidora llevaba a cabo una estimación, en función del equipamiento del punto de suministro, para determinar el tipo de tarifa de acceso.
La tarifa de acceso de los inmuebles se revisaba cada año para ajustar el peaje a las variaciones de consumo que se podían producir. De esta forma, si tenías una tarifa 3.1 y realizabas un consumo anual de 7.500 kWh, la distribuidora llevaba a cabo un reajuste y te aplicaba una tarifa de acceso 3.2.
Puedes consultar tu tarifa de acceso en cualquiera de tus facturas de gas o desde la oficina virtual de tu comercializadora o distribuidora.