¿Cómo cambiar el titular de Iberdrola por fallecimiento?
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El cambio de titular con Iberdrola por fallecimiento debe solicitarlo quien asuma el suministro, aportando nombre y DNI, y pudiendo hacerse por teléfono, online o presencialmente. Es recomendable mantener el suministro si la vivienda se ocupará o venderá; y, si es alquilada, el propietario será quien debe realizar el trámite.
Pasos para cambiar la titularidad de la luz o el gas por fallecimiento con Iberdrola:
Ponerse en contacto con la compañía a través de los siguientes canales.
- Online: A través del formulario de su página web o desde Mi Iberdrola, el Área de Clientes de la compañía o escribiendo un correo a [email protected].
- Llamando al teléfono gratuito de Iberdrola.
- De manera presencial, en de las oficinas de Iberdrola que existen en todo el territorio español- El nuevo responsable del suministro de luz o gas deberá aportar sus datos personales a la compañía. En este paso, decidirá si realizar el cambio de titularidad por traspaso (no hereda las condiciones del titular anterior ni las posibles deudas) o por subrogación (asume las condiciones previas y las posibles deudas).
- Una vez iniciada la solicitud, Iberdrola tarda entre 24 y 48 horas en hacerlo efectivo.
- Cuando ya se haya realizado el cambio de nombre, se emitirá una última factura a nombre del anterior titular para cerrar el periodo de facturación.
El proceso para realizar el cambio de titular con Iberdrola por defunción es el mismo que para realizar un cambio de titularidad normal.
¿Qué documentos necesito para hacer un cambio de titularidad con Iberdrola por fallecimiento?
- Papeles imprescindibles para realizar el cambio de titular por defunción con Iberdrola
- Nombre completo y DNI del titular anterior
- Nombre completo y DNI del nuevo titular
- Dirección del punto de suministro
- Código CUPS: Código Universal de Suministro, en el caso del suministro de electricidad
- Lectura del contador de gas, en caso del suministro de gas
- Nuevo IBAN para realizar el cambio de domiciliación bancaria
- Certificado de defunción
- Contrato de alquiler o compra-venta. Se puede solicitar, en caso de deuda, para justificar que el nuevo responsable del suministro no vivía en el inmueble cuando se contrajo el pago pendiente

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¿Modificar la titularidad del contrato o dar de baja el suministro con Iberdrola? ¿Cuál es la mejor opción?
Si la vivienda va a estar desocupada por un largo tiempo, conviene dar de baja el suministro, ya que implica desconectarlo completamente y así evitarás pagar el término fijo, impuestos y otros cargos de la luz y/o el gas, respectivamente.
En cambio, cambiar la titularidad únicamente traslada la responsabilidad del pago a otra persona, manteniendo el suministro activo, por lo que te recomendamos esta opción si en la vivienda va a seguir haciéndose un uso de la electricidad o el gas respectivamente.
Por último, debes saber que ninguna de estas opciones tiene coste, aunque sí lo tendrá volver a dar de alta la luz con Iberdrola.
Cambio de titular por fallecimiento con Iberdrola: posibles incidencias
El titular de la luz era beneficiario del Bono Social
En este caso, si el nuevo titular del contrato cumple los requisitos para ser también beneficiario del Bono Social, deberá realizar una nueva solicitud, ya que este derecho es personal e intransferible.
Recuerda que solo los usuarios del mercado regulado tendrán acceso a esta bonificación, por lo que el contrato, en caso de ser con Iberdrola, será con su compañía regulada: Curenergía.
Tengo que cambiar el titular del contrato pero quiero mantener las condiciones de la tarifa
En este caso se deberá realizar un cambio de titular por subrogación. Bajo esta gestión, el nuevo propietario del suministro heredará las condiciones de la tarifa del anterior responsable, aunque también las posibles deudas.
Actualmente no vive nadie en el inmueble del fallecido pero queremos mantener el suministro
No es necesario que el titular del contrato habite en el inmueble. Aunque si se prevé que la vivienda vaya a permanecer vacía por un tiempo, será mejor dar de baja el contrato.
La vivienda será vendida/alquilada y el nuevo titular no es familiar del fallecido
No es necesario que el nuevo titular fuera familiar o heredero del fallecido. Puede ser cualquier usuario.