Bono social eléctrico: familias numerosas

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El bono social es el único descuento que ofrece el Gobierno en luz y gas y solo se otorga en casos muy concretos.

Los requisitos para acceder a esta ayuda no son pequeños, pero una vez se obtiene el descuento es muy ventajoso. Uno de esos requisitos es justamente ser familia numerosa

Ampliaciones del Bono Social 2024

Se incrementan los descuentos del Bono Social Eléctrico

Los consumidores vulnerables tendrán un descuento de hasta el 65% en su factura de la luz, y los vulnerables severos de hasta el 80%, hasta el 30 de junio de 2024.

Nuevo Bono Social para no vulnerables

El Gobierno presenta el nuevo bono social eléctrico, con el que los hogares con una renta anual desde los 12.159 a los 27.720€ podrán beneficiarse de un 40% de descuento en su factura de la luz.

Más dinero para el Bono Social Térmico

El pago en concepto de ayuda para el agua caliente, cocina y calefacción (Bono Social térmico) será mayor en 2023: de 40 a 375€, en función del grado de vulnerabilidad y la zona climática.

Se amplía un 15% el límite de consumo anual

Las personas acogidas al Bono Social de luz tendrán un mayor margen de consumo anual, hasta el 31 de diciembre de 2023:

  • Hogar sin menores: hasta 1.587 kWh/año
  • Hogar con 1 menor: hasta 2.222 kWh/año
  • Hogar con 2 menores: hasta 2.698 kWh/año
  • Bono social para Familias numerosas: hasta 4.761 kWh/año
  • Pensionistas e ingreso mínimo vital: hasta 2.221,8 kWh/año

Se prolonga la prohibición de cortes de luz

Hasta junio de 2024, no se puede cortar el suminstro de luz en los hogares acogidos al Bono Social de luz.

¿Quiénes pueden solicitar el bono social de electricidad por familia numerosa?

Los titulares de un contrato de luz que sean familia numerosa de acuerdo con lo señalado en la Ley 40/2003 de Protección a familias numerosas.

Requisitos para pedir el bono social por ser familia numerosa

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  • Que el suministro para el que se solicita el bono sea la vivienda habitual del titular y esté acogido a la tarifa de último recurso
  • Que el titular del contrato forme parte de una familia numerosa y esté registrada como tal

Recuerda que la tarifa de último recurso tiene un precio del kWh diferente cada día y cada hora. Aquí puedes consultar la tarifa de luz de hoy. También puedes conocer el precio de la luz de mañana desde el día anterior, a partir de las 20:30.

Las compañías establecen unos límites de consumo eléctrico básico en la vivienda para disfrutar del bono social. Éste depende del tipo de núcleo familiar. En el caso de las familias numerosas, el límite del consumo eléctrico es de 300 kilovatios hora (kWh). Actualmente, los límites de consumo se han visto ampliados hasta un 15% en todos los casos.

Los consumidores que han contado anteriormente con la ayuda del bono social eléctrico tenían hasta el 8 de octubre para presentar la documentación requerida por la compañía y el correspondiente formulario para seguir contando con esta ayuda. Sin embargo, se ha abierto un plazo extraordinario hasta el 31 de diciembre de 2018.

Beneficios del bono social de familia numerosa

El bono social favorece al cliente con un 25% de descuento sobre el total de la factura y es indefinido, a no ser que en algún momento se incumpla el requisito por el cual se le ha concedido esta bonificación al titular del contrato de luz.

Este descuenta aplica sobre la potencia contratada y sobre el total del consumo realizado.

El Gobierno ha prohibido recientemente a las compañías cortar el suministro eléctrico ante una situación de impago en viviendas con donde convivan menores de 16 años y en las que residan una persona con dependencia en grado 2 y 3.

¿Cómo se solicita el bono social siendo familia numerosa?

Tendríamos que acercanos a la comercializadora de último recurso de electricidad donde tengamos el contrato de electricidad. Allí se aportará la copia de la solicitud para que la sellen en el registro de entrada y tener constancia de que se ha presentado. El modelo de solicitud se encuentra en la web del Ministerio de Industria.

La documentación para solicitar el bono social eléctrico será la siguiente:

  • Solicitud declarando que cumple los requisitos legales para dicho bono social de ser para la vivienda habitual y constituir familia numerosa de acuerdo con la legislación vigente.
  • Fotocopia del D.N.I. del titular del punto de suministro.
  • Fotocopia del carnet de familia numerosa expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.
  • Certificado de empadronamiento del titular del punto de suministro.
  • Fotocopia de la última factura de la empresa suministradora.

La solicitud se tiene que presentar en la oficina de la Comercializadora de Último Recurso de electricidad en la que tengas contratada la luz, donde se aportará también una copia de la solicitud para que la sellen en el registro de entrada y que tengas constancia de que se ha presentado. El modelo de solicitud se encuentra en la web del Ministerio de Industria.

El nuevo bono social eléctrico permite a las familias monoparentales acceder al bono social, estableciendo su umbral de renta un 0,5% superior al de las familias biparentales.

Bono social térmico

Todos aquellos usuarios que tengan concedido el bono social eléctrico al cumplir los requisitos señalados por las compañías, tendrán concedido de manera automática el bono social térmico. Se trata de una ayuda creada y financiada por el Gobierno, con el fin de seguir protegiendo a aquellas familias en riesgo de pobreza energética.

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El bono social térmico, que se aplicará únicamente en los meses de invierno , es una ayuda económica que el usuario beneficiario recibirá por parte del Estado a modo de cheque. Ésta no será la misma en todos los casos, y es que depende de la zona climática donde esté situada la vivienda.

¿Qué ocurre cuando teniendo el bono social de electricidad de familia numerosa se pierde la condición de familia numerosa?

 

Beneficiarse del bono social incumpliendo los requisitos acarrea una sanción importante

 

El consumidor tiene que comunicar obligatoriamente a la comercializadora cualquier cambio que implique se se pierde el derecho a tener bono social, sea el que sea. Tiene como plazo un mes desde el momento en que se pierde, en este caso, la condición de familia numerosa.

Si no se comunica, cuando se detecte el incumplimiento se le cobrará al cliente la facturación desde el momento en que se terminó el plazo para avisar hasta la fecha al precio que corresponde más un recargo del 10% de multa, además de perder por supuesto el derecho al bono social.

Las comercializadoras de último recurso tienen firmados convenios con las instituciones públicas que se encargan de la gestión y pueden supervisar que se cumplen los requisitos.

Eso sí, no pueden darlo de baja sin antes asegurarse concienzudamente de que en efecto se ha perdido el derecho al bono social: puede darse el caso de que se haya renovado el título de familia numerosa y que el organismo competente aún no lo haya notificado a la comercializadora.

Si esto ocurriera y se da de baja el bono social, la compañía deberá volver a hacer la facturación del periodo en que el consumidor no haya podido disfrutar del bono social, todo ello a la mayor brevedad posible según señala el informe de la Comisión Nacional de Energía del pasado enero de 2013. La diferencia se le devolvería al cliente cuanto antes.