Acometidas Eléctricas: Coste, Teléfono y Proceso de Instalación

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Qué es y cómo se instalada una acometida eléctrica

¿Quién asume el coste de instalación de una acometida eléctrica? ¿Qué son los derechos de acometida y en qué casos debo abonarlos? Precio y desglose.

¿Qué es una acometida eléctrica?

Las acometidas eléctricas son las instalaciones de derivación que canalizan la energía eléctrica desde la red de distribución hasta el Cuadro General de Protección de un inmueble. Esta prolongación es necesaria para dotar de suministro eléctrico a una vivienda o local.

Las acometidas eléctricas son propiedad de las distribuidora que operan en cada área geográfica.

Acometidas eléctricas en bloques de viviendas

Cuando una promotora inmobiliaria proyecta una nueva promoción de viviendas, es habitual que se encargue de solicitar los trabajos de acometida y conexión a la red eléctrica.

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El promotor deberá elaborar una previsión de carga que defina el grado de electrificación para cada vivienda. Esta estimación es necesaria para dimensionar la capacidad de la infraestructura general del edificio.

La previsión de cargas se realiza con el objetivo de asegurar que la demanda de suministro para cada vivienda pueda ser cubierta sin necesidad de ejecutar obras de readecuación posteriores en la instalación.

La previsión de potencia en baja tensión para una vivienda con electrificación básica no podrá ser inferior a 5,75 kW. En viviendas con un grado de electrificación elevado, la carga prevista mínima será de 9,2 kW.

La previsión de cargas se realizará considerando elementos tales como el número de viviendas, el tamaño de cada una o el equipamiento eléctrico instalado.

Por ejemplo, se considerará un grado de electrificación elevada en pisos en los que esté previsto instalar equipos de aire acondicionado o un sistema de calefacción eléctrica.

La potencia máxima contratable para cada vivienda estará limitada por la potencia de acometida o carga máxima de la infraestructura general del edificio, independientemente de la potencia máxima admisible reconocida en nuestro Certificado de Instalación Eléctrica.

¿Quién paga la acometida eléctrica?

De acuerdo con la legislación vigente, los trabajos de extensión y conexión a las redes de distribución eléctricas comprenden dos grupos:

 Extensión natural de las redes de distribución

En esta categoría encontramos los trabajos de refuerzo y ampliación de las redes de distribución existentes que responden a la previsión de crecimiento orgánico de la demanda eléctrica.

Estas derivaciones son recogidas en los planes de inversión de las empresas distribuidoras, las cuales asumen el coste de las instalaciones e infraestructuras necesarias para ampliar la red.

 Instalaciones de nueva extensión

En este apartado recogemos las actuaciones necesarias para habilitar un nuevo punto de suministro eléctrico, así como los trabajos necesarios para ampliar la capacidad de uno existente. Las instalaciones de nueva extensión a la red no están previstas en los planes de inversión de las distribuidoras eléctricas.

No obstante, si el nuevo punto de suministro se encuentra en suelo urbanizado con condición de solar y la potencia instalada no supera los 100 kW en baja tensión o los 250 kW en alta, el solicitante solo deberá asumir el coste de conexión a la red.

En los casos en los que el suministro no cumpla estas condiciones, el coste de instalación de la derivación será asumido por el solicitante, quedando exento del pago de los derechos de extensión.

Las acometidas realizadas por terceros deberán ser cedidas a la distribuidora de la zona.

¿No llega la red eléctrica a tu vivienda?

Los sistemas de autoconsumo aislados permiten producir electricidad sin tener conexión a la red pública mediante la instalación de placas solares. Estos proyectos fotovoltaicos deben contar con baterías solares que almacenen la energía para poder utilizarla cuando no es posible producir (durante la noche o días nublados).

¿Cuál es el precio de una acometida eléctrica?

El coste de ejecución de un acometida eléctrica no es fijo, pues depende de una amplia variedad de factores, tales como la extensión de la acometida, la calidad del terreno o los metros de extensión de la derivación.

Se ha de tener también en cuenta que, tal como se recoge en el Real Decreto 1048/2013, las distribuidoras eléctricas tienen derecho a recibir una retribución por la realización de los trabajos necesarios para habilitar un nuevo punto de conexión a red o ampliar la capacidad de un suministro existente.

Esta contraprestación, regulada bajo el nombre derechos de acometida, está compuesta por los siguientes conceptos:

  1. Derechos de extensión: coste a abonar por las instalaciones de nueva extensión a red a cargo de la distribuidora.
  2. Derechos de acceso: importe a ingresar por cada nuevo usuario que se incorpore a la red de distribución.
  3. Derechos de supervisión: inspección de las instalaciones ejecutadas por terceros y cedidas a la distribuidora.

Las distribuidora eléctricas también tiene derecho a recibir una contraprestación económica en concepto de derechos de enganche y derechos de verificación.

Los derechos de enganche son la retribución por la conexión de la instalación receptora del usuario a la red de distribución.

Los derechos de verificación son el importe que debemos abonar a nuestra distribuidora por revisar que la instalación se ajusta a la normativa técnica y de seguridad.

No se abonarán los derechos de verificación si ha sido necesario presentar una memoria técnica y un certificado de final de obra.

Precio de los derechos de acometida, enganche y verificación
ConceptoCoste
Derechos de extensión

17,37 €/kW contratado

Derechos de acceso

19,70 €/kW contratado

Derechos de supervisión

101,52 € por actuación

Derechos de enganche

9,04 € por actuación

Derechos de verificación

8,01 € por actuación

A estos importes habrá que sumarle un 21% de IVA

¿Cómo se solicita una acometida eléctrica?

Los usuarios interesados en solicitar una nueva acometida eléctrica, deberán ponerse en contacto con el departamento de nuevos suministros de la distribuidora responsable de su zona. El proceso de solicitud se desarrollará en las siguientes fases:

 Apertura de un expediente de acometida

El expediente de acometida recogerá los datos e información de contacto del solicitante y del instalador, la dirección del de la vivienda o local, la tensión de la instalación y la potencia eléctrica que se desea contratar.

La distribuidora solicitará, además, un plano de situación en el que se refleje la ubicación de los elementos que componen la instalación. La información adicional a presentar dependerá de las características y uso al que está destinado el inmueble.

 Estudio de viabilidad

Un técnico enviado por la distribuidora realizará un informe de viabilidad del proyecto de acometida. En un plazo máximo de 20 días, la distribuidora remitirá al solicitante una oferta presupuestaria y un dossier con las condiciones técnicas.

El pliego de condiciones debe desglosar los trabajos necesarios para realizar, ampliar o adecuar la acometida eléctrica y el coste de cada uno de esos trabajos.

El solicitante podrá rechazar el presupuesto remitido y contratar los trabajos de acometida con una empresa instaladora autorizada, siempre que esta respete las condiciones técnicas recogidas en el informe elaborado por la distribuidora.

El pliego de condiciones técnico-económicas elaborado por la distribuidora tiene una validez de 6 meses.

 Formalización del proyecto y solicitud de permisos

Una vez el solicitante haya comunicado a la distribuidora quién se encargará de ejecutar los trabajos de acometida, se procederá a verificar la documentación aportada y el proyecto de obra.

Tras comprobar que toda la información es correcta, la distribuidora emitirá el Código Universal de Punto de Suministro (CUPS).

Si fuera necesario solicitar licencias municipales de obra, el expediente quedará paralizado hasta recibir respuesta.

 Ejecución de las obras de acometida

Realización de los trabajos de acometida de acuerdo a las condiciones técnicas definidas y autorizadas por la distribuidora.

 Verificación de las instalaciones

Finalizados los trabajos de acometida, la distribuidora debe verificar que el proceso se ha ejecutado respetando las condiciones técnicas y de seguridad recogidas en el Reglamento Electrónico para Baja Tensión.

El instalador responsable de la obra emitirá el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), que recogerá la potencia máxima admisible de la instalación.

En este momento, la distribuidora cambiará el estado del expediente a contratable y el usuario podrá dar de alta la luz con la comercializadora que prefiera.

Mapa de distribución eléctrica en España

Acometidas eléctricas con Iberdrola (i-DE Distribución)

Los usuarios suministrados por Iberdrola Distribución (ahora, i-DE Redes Eléctricas Inteligentes) pueden solicitar la apertura de un expediente de acometida a través de los siguientes canales de contacto gratuitos:

  1. Teléfono de Iberdrola Distribución: 900 171 171
  2. Email: distribucion@iberdrola.es
  3. Oficina virtual: desde la plataforma Gestión de Expedientes de Acometida

El teléfono de atención al cliente de Endesa Distribución opera las 24 horas del día, durante todo el año.

  • ¿En qué áreas distribuye Iberdrola?
  • Castilla y León
  • Castilla-La Mancha
  • Comunidad Valenciana
  • Extremadura
  • La Rioja
  • Madrid
  • Navarra
  • País Vasco

Acometidas eléctricas con Endesa Distribución

Endesa Distribución pone a disposición de usuarios, promotores e instaladores dos vías de contacto para solicitar ampliaciones de acometida o nuevos puntos de suministro:

  1. Formulario web: desde el apartado conexión a la red
  2. Teléfono de acometidas: 902 534 100

El servicio telefónica de acometidas eléctricas con Endesa atiende de lunes a viernes en horario de de 08:00 a 18:00 horas.

  • Áreas suministradas por Endesa Distribución
  • Andalucía
  • Aragón
  • Baleares
  • Canarias
  • Castilla y León
  • Cataluña
  • Comunidad Valenciana
  • Extremadura
  • Galicia
  • Navarra

Acometidas eléctricas con E-Redes (EDP HC Energía)

E-Redes Distribución, antigua EDP HC Energía, ofrece los siguientes vías de contacto para la solicitud de apertura de nuevos expedientes de acometida:

  1. Formulario online: accesible desde el apartado gestiones online
  2. Teléfono gratuito: 900 907 003

E-Redes Distribución ofrece asistencia telefónica 24 horas, todos los días.

  • Áreas suministradas por Endesa Distribución
  • Alicante
  • Asturias
  • Barcelona
  • Huesca
  • Madrid
  • Valencia
  • Zaragoza

Acometidas eléctricas con Unión Fenosa Distribución

Los consumidores que necesiten solicitar una nueva acometida eléctrica en las provincias suministradas por Unión Fenosa Distribución, pueden solicitar la gestión llamando al teléfono gratuito 900 111 999.

  • ¿En qué zonas distribuye Unión Fenosa?
  • Albacete
  • Badajoz
  • Barcelona
  • Ciudad Real
  • Coruña
  • Cuenca
  • Guadalajara
  • León
  • Lugo
  • Orense
  • Pontevedra
  • Segovia
  • Soria
  • Toledo
  • Zamora

Acometidas eléctricas con Viesgo Distribución

Viesgo Distribución habilita dos canales de contacto para la tramitación de nuevos puntos de conexión a la red eléctrica:

  1. Formulario online: desde la sección nuevo punto de suministro
  2. Teléfono gratuito: 900 505 249
  • Provincias distribuidas por Viesgo
  • Asturias
  • Cantabria
  • Castilla y León (zona norte)
  • Galicia

El horario de atención del teléfono de Viesgo es de 8h a 17h de lunes a viernes.