Qué pide Endesa para el cambio de titular por fallecimiento

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El cambio de titular con Endesa por fallecimiento es una gestión gratuita y tarda entre 2 y 20 días.

¿Cómo se hace un cambio de titular con Endesa por fallecimiento?

Para cambiar de nombre el contrato con Endesa por fallecimiento, el nuevo titular solo tiene que llamar o acudir a cualquier oficina e indicar que quiere hacer un cambio de titular con Endesa, por defunción del titular anterior, para poner la luz y/o el gas a su nombre.

  1. El cambio debe hacerlo el nuevo titular
  2. Endesa necesitará la información del titular antiguo y del suministro
  3. El nuevo titular tendrá que poner sus datos en el contrato
  4. La persona que se ponga como nuevo titular asumirá la responsabilidad del cumplimiento del contrato
  5. Se deberá justificar el cambio, aportando el certificado de fallecimiento

El cambio de titular con Endesa por fallecimiento es totalmente gratuito, y tarda entre 2 y 20 días. Durante este tiempo llegará una última factura a nombre del titular fallecido, con los días corresponientes hasta que el cambio de nombre ha tenido lugar.

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Vías para solicitar el cambio de titular con Endesa por fallecimiento

Endesa permite realizar el cambio de titular por fallecimiento mediante el número de teléfono de atención al cliente y en sus oficinas comerciales. Aunque esta última opción es específica para los cambios de titular de usuarios no autorizados, cualquier usuario interesado en hacer esta gestión pueden acudir a alguno de los puntos de atención de la compañía.

Cómo solicitar el cambio de titular con Endesa por fallecimiento
ServicioTeléfono
Teléfono de Endesa800 76 09 09

Durante la llamada, Endesa te dará las siguientes opciones:

  • Cambio de titular con subrogación: es la opción que te permite mantener el contrato de energía de la casa, cambiando el nombre. Esto implica que el nuevo titular hereda también posibles deudas.
  • Traspaso: básicamente consiste en hacer un contrato nuevo con Endesa.

Qué documentos necesito para cambiar la titularidad con Endesa por fallecimiento

Para empezar necesitarás presentar la información básica para el cambio de titular de luz y/o gas. Después debes aportar el certificado de defunción, ya que es el documento que justifica que sea una persona ajena al contrato la que lo modifique.

  • Datos personales del antiguo titular
  • Datos personales del nuevo titular (nombre completo, DNI o NIE, teléfono)
  • Dirección del suministro
  • Número de cuenta bancaria en la que domiciliar los pagos
  • Certificado de defunción del antiguo titular

¿Es mejor cambiar de titular con Endesa por fallecimiento o dar de baja el contrato?

¡Cuidado!Dar de baja el contrato implica dar de baja el suministro, luego te quedarás sin luz y/o gas.

Cuando la casa en la que vivía la persona fallecida va a quedar vacía, puede surgir la duda de si no será mejor dar de baja el contrato a cambiar de nombre el contrato con Endesa. Dependiendo del uso que se le vaya a dar a la vivienda, dar de baja el contrato de Endesa puede ser inconveniente:

 La casa sigue habitada

Si alguien más vive en la casa, lo correcto es que esa persona asuma la responsabilidad del contrato de luz y/o gas, gestionando el cambio de titular con Endesa por fallecimiento, y poniendo el suministro a su nombre.

 La casa queda como segunda residencia

En el caso de que la vivienda quede deshabitada, pero los miembros de la familia tengan intención de disfrutarla de vez en cuando, como residencia de vacaciones o de fin de semana, lo recomendable es hacer el cambio de titular para poner el suministro a nombre de un heredero, pero revisando la potencia contratada y la tarifa para adaptarlas al nuevo uso de la casa.

 Potencia contratada: una vivienda de uso habitual suele necesitar más potencia que una segunda residencia. Si es el caso, al bajar la potencia contratada reduciremos el precio fijo de la factura, sin perjuicio alguno.

 Tarifa: a la hora de elegir tarifa debes fijarte en la que tenga un precio por potencia más bajo, ya que este precio determina el precio fijo que pagarás cada mes por el suministro de luz, aunque no consumas nada. También puedes considerar tarifas especiales para segundas viviendas.

 La casa se queda vacía y sin uso

Solo recomendamos dar de baja el contrato, y por lo tanto la baja del suministro, cuando la casa se va a quedar abandonada por un tiempo prolongado, de años, o cuando va a tener lugar una reforma integral.

Si la casa queda vacía por un plazo corto de tiempo, porque vaya a ser vendida o alquilada, de nuevo es preferible optar por una bajada de potencia y una tarifa de precio fijo económico.

El motivo por el que la baja del contrato es siempre la última opción, es que el precio por dar de alta la luz con Endesa, o con cualquier compañía, es elevado. Además es probable que los costes se incrementen porque se requiera otro boletín eléctrico, o incluso porque haga falta renovar la instalación eléctrica para que el técnico firme el nuevo boletín.

Por eso, a no ser que la casa vaya a quedar abandonada o que se vaya a hacer obra, lo preferible será mantener el suministro de alta haciendo un cambio de titular con Endesa por fallecimiento, o un nuevo contrato cambiando las condiciones.

¿Puedo hacer un cambio de titular con Endesa por fallecimiento si quedan deudas pendientes?

Sí que se puede hacer un cambio de titular con Endesa por fallecimiento, si la persona fallecida dejó alguna deuda. Simplemente, la persona heredera deberá asumir el contrato con Endesa, incluidas las obligaciones, y pagar la deuda.

En el caso de que una persona no heredera quiera poner el suministro a su nombre, si resulta que existe algún impago, el nuevo titular tendrá la opcion de desvincularse de esa deuda, quedando las personas herederas del fallecido como únicos responsables de abonar la cantidad adeudada más el recargo.

Los herederos del difunto no pueden desvincularse de la deuda Solo las personas ajenas a la familia pueden hacerlo. Para ello deben ponerse en contacto con Endesa y hacerle llegar el contrato de alquiler o compra-venta que demuestre que el nuevo titular es una persona ajena a la familia.